ORDEN FORAL 123/2014, de 19 de mayo, del Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, por la que se modifican y se suprimen ficheros de datos de carácter personal dependientes del Departamento de Presidencia, Justicia e Interior.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

La Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, regula el tratamiento de los datos de carácter personal, estableciendo en su artículo 20 que la creación, modificación y supresión de los ficheros de las Administraciones Públicas sólo podrá hacerse por medio de disposición general publicada en el “Boletín Oficial del Estado” o en el Diario Oficial correspondiente.

Por otra parte, el Decreto Foral 143/1994, de 26 de julio, regulador de los ficheros informatizados de datos de carácter personal dependientes de los órganos de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y de sus organismos autónomos, señala en su artículo 2 que la modificación de las características de los ficheros existentes, así como su cancelación, y la creación de nuevos ficheros se llevará a cabo por Orden Foral del Consejero del Departamento del que depende o al que esté adscrita la unidad responsable del fichero.

Habiéndose apreciado que determinados aspectos de los ficheros “Listas de aspirantes a formación en situación de servicios especiales”, “Listas de aspirantes a la contratación temporal”, “Selección” y “Registro central de tarjetas” dependientes del Departamento de Presidencia, Justicia e Interior han experimentado modificaciones, es preciso realizarlas en cumplimiento de la normativa vigente.

Así mismo, la Dirección General de Interior informa que el transcurso del tiempo, la creación de nuevos ficheros automatizados, la distinta distribución competencial con aparición de nuevos organismos autónomos, la sucesión de nuevos sistemas operativos y demás circunstancias han determinado que los ficheros “Cargos” y “Datos personal Dirección General Interior” hayan decaído en uso, no procediéndose a la actualización de sus contenidos desde hace años, razón por la que solicita se proceda a darlos de baja, con destrucción de los datos contenidos en ellos.

Vista la conformidad de las unidades responsables de los ficheros y del Servicio de Infraestructuras Tecnológicas y Centro Soporte de la Dirección General de Informática y Telecomunicaciones, y los informes de la Dirección General de Interior y de la Secretaría General Técnica.

En su virtud, y en ejercicio de las facultades que tengo atribuidas por el artículo 41.1.e) de la Ley Foral 14/2004, de 3 de diciembre, del Gobierno de Navarra y de su Presidente,

ORDENO:

  1. Aprobar las modificaciones en las características de los ficheros de datos de carácter personal dependientes del...

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