ORDEN FORAL 3/2001, de 11 de enero, de la Consejera de Industria, Comercio, Turismo y Trabajo por la que se aprueban las tarifas para el suministro de agua de la Mancomunidad de la Comarca de Pamplona para el año 2001.
Sección | I - Comunidad Foral de Navarra |
Rango de Ley | Orden foral |
ORDEN FORAL 3/2001, de 11 de enero, de la Consejera de Industria, Comercio, Turismo y Trabajo por la que se aprueban las tarifas para el suministro de agua de la Mancomunidad de la Comarca de Pamplona para el año 2001.
La Mancomunidad de Aguas de la Comarca de Pamplona ha presentado solicitud de elevación de tarifas de suministro de agua para 2000 por encontrarse tal servicio clasificado en el Anexo 2 (precios autorizados de ámbito autonómico), posición 2, del Real Decreto Ley 7/96, de 7 de junio, sobre medidas urgentes de carácter fiscal y de fomento y liberalización de la actividad económica ("Boletín Oficial del Estado" número 139).
Visto el informe del Servicio de Comercio y Consumo, en relación con la solicitud de modificación de las tarifas para el servicio de suministro de agua, formulado por la Mancomunidad de la Comarca de Pamplona.
Oídas las Asociaciones de Consumidores y Usuarios, en reunión celebrada el 27 de diciembre de 2000, en cumplimiento del artículo vigésimo segundo 2.d) de la Ley 26/1984, de 19 de julio, General para la Defensa de Consumidores y Usuarios.
En su virtud,
ORDENO:
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Aprobar a la Mancomunidad de la Comarca de Pamplona, para el suministro de agua, las siguientes tarifas para el año 2001:
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Cuota fija: según el diámetro del contador de abastecimiento instalado:
DIAMETRO DEL CONTADOR CUOTA CUATRIMESTRAL
Hasta 13 mm. 933 pesetas
De 15 mm. 1.115 pesetas
De 20 mm. 2.640 pesetas
DIAMETRO DEL CONTADOR CUOTA MENSUAL
De 25 mm. 2.406 pesetas
De 30 mm. 3.437 pesetas
De 40 mm. 5.137 pesetas
De 50 mm. 10.313 pesetas
De 65 mm. 13.748 pesetas
De 80 mm. 25.807 pesetas
De 100 mm. 36.128 pesetas
De 125 mm. 56.773 pesetas
De 150 mm. 139.351 pesetas
De 200 mm. 164.983 pesetas
De 250 mm. 257.784 pesetas
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Cuota variable: precio por m3 consumido
Tarifa 1.-Uso doméstico en viviendas y usos vinculados. Se incluyen Centros Benéficos y Centros de Enseñanza reconocidos oficialmente de preescolar, E.S.O., enseñanzas universitarias y Administraciones Públicas 33,10 pesetas.
Tarifa 2.-Usos Industriales y Comerciales. Comprende esta tarifa la Industria, así como el Comercio, Oficinas, Despachos. Se incluyen, asimismo, los usos en instalaciones deportivas de utilización colectiva, a excepción del riego 50,30 pesetas.
Tarifa 3.-Usos de riego y recreo en fincas particulares 86,00 pesetas.
Tarifa 4.-Tarifas de usos combinados.
4.1. Doméstico-Comercial-Riego
Hasta 14 m3/mes: 33,10 pesetas.
14-25 m3/mes: 50,30...
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