Dirección Provincial de Navarra de la Tesorería General de la Seguridad Social - Cédulas de notificación Resolución de Derivación de Responsabilidad Solidaria

SecciónVIII - Anuncios

Dirección Provincial de Navarra de la Tesorería General de la Seguridad Social - Cédulas de notificación Resolución de Derivación de Responsabilidad Solidaria

La Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de Navarra, ha dictado resolución con fecha 27-07-06, mediante la que declara a Lourdes Portillo Vega con D.N.I. número 44616637H, en su calidad de administrador de la empresa Embalajes Industriales de Navarra, S.A.L. con C.I.F. número A31477730, responsable solidario de las deudas contraídas por esta razón social con la Tesorería General de la Seguridad Social y reclamar a Lourdes Portillo Vega la cantidad de 769,96 euros, en los correspondientes documentos de reclamaciones de deuda, que a continuación se relacionan:

REG. T/IDENTIF. NUMERO DE RECLAMACION PERIODO IMPORTE

0111 31105640506 31/06/14119922 11/03-11/03 348,00

0111 31105640506 31/06/14119720 11/03-11/03 353,40

0111 31105640506 31/06/14119821 06/04-06/04 68,56

Recurso Procedente: Contra esta resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse, en el plazo de un mes, a partir del día siguiente a aquél en que tenga lugar la notificación, recurso de alzada, ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de Navarra, de acuerdo con lo previsto en el artículo 46.1 del Reglamento de Recaudación aprobado por R.D. 1415/2004 de 11 de junio ("Boletín Oficial del Estado" del 25), en relación con los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común. Así mismo, según dichos artículos, transcurrido el plazo de tres meses desde la interposición del recurso de alzada sin que recaiga resolución expresa sobre el mismo, éste se entenderá desestimado a todos los efectos, quedando expedita la vía jurisdiccional contencioso-administrativa.

La interposición del recurso no suspenderá el procedimiento recaudatorio, salvo que junto con el recurso se garantice con aval suficiente, o se consigne el importe total de la deuda, que en el presente supuesto asciende, como en su momento se ha dicho, a 769,96 euros, conforme con lo dispuesto en el artículo 30.5 de la Ley General de la Seguridad Social, según redacción dada al mismo por la Ley 52/2003 de 10 de diciembre.

Si finalizado el indicado plazo de ingreso en período voluntario, no se hubiera efectuado el mismo, ni interpuesto recurso de alzada con la prestación de garantía antes señalados, se iniciará la vía de apremio, de conformidad con lo dispuesto en el citado artículo 34 de la Ley General de la Seguridad Social en la nueva redacción dada por la citada Ley 52/2003.

Por resultar infructuosas las gestiones para notificar la citada resolución en el domicilio del interesado, sito en Barañain, calle Los Gorris, 16-2.º B, de conformidad con los artículos 59, 60 y 61 de la Ley 30/1992, y a fin de que sirva de notificación, se hace público el presente anuncio, y se advierte al deudor para que comparezca por si o por medio de representante con el objeto de que pueda conocer el contenido integro de las resoluciones, las cuales no se publican en su totalidad por apreciarse que puede lesionar derechos o intereses legítimos, tal y como establece el último de los artículos citados.

Transcurridos diez días desde la publicación del anuncio en el tablón de edictos del Ayuntamiento de su último domicilio y en el BOLETIN OFICIAL de Navarra sin personarse el interesado en la sede de esta Dirección Provincial, sita en la avenida Conde Oliveto número 7 de Pamplona, se tendrá por notificado a todos los efectos en los términos señalados en dicho artículo 61.

Pamplona, 6 de noviembre de 2006._La Jefa de Sección de la Unidad de Impugnaciones, Marta Valdepérez Torrubia.

Resolución de Derivación de Responsabilidad Solidaria

La Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de Navarra, ha dictado resolución con fecha 18-09-06, mediante la que declara a Jesús Javier Sainz Pérez con D.N.I. número 16010962H, en su calidad de administrador de la empresa Promociones Pilar Pérez, S.L. con C.I.F. número B31608326, responsable solidario de las deudas contraídas por esta razón social con la Tesorería General de la Seguridad Social y reclamar a Jesús Javier Sainz Pérez la cantidad de 97.946,81 euros, en los correspondientes documentos de reclamaciones de deuda, que a continuación se relacionan:

REG. T/IDENTIF. NUMERO DE RECLAMACION PERIODO IMPORTE

0111 31105698504 31/06/14768812 09/00-09/00 1.188,60

0111 31105698504 31/06/14768913 10/00-10/00 1.222,55

0111 31105698504 31/06/14769014 11/00-11/00 1.077,00

0111 31105698504 31/06/14769317 12/00-12/00 1.353,34

0111 31105698504 31/06/14768711 01/01-01/01 1.432,01

0111 31105698504 31/06/14770125 01/01-12/01 319,16

0111 31105698504 31/06/14769115 06/01-06/01 6.743,60

0111 31105698504 31/06/14769216 07/01-07/01 5.697,16

0111 31105698504 31/06/14769418 08/01-08/01 4.166,26

0111 31105698504 31/06/14769519 09/01-09/01 3.654,94

0111 31105698504 31/06/14769620 10/01-10/01 4.675,78

0111 31105698504 31/06/14769721 11/01-11/01 3.872,18

0111 31105698504 31/06/14769822 12/01-12/01 6.023,68

0111 31105698504 31/06/14769923 01/02-01/02 5.107,36

0111 31105698504 31/06/14770630 01/02-07/02 1.021,13

0111 31105698504 31/06/14772044 01/02-12/02 79,79

0111 31105698504 31/06/14770024 02/02-02/02 4.451,77

0111 31105698504 31/06/14770327 03/02-03/02 4.448,93

0111 31105698504 31/06/14770226 04/02-04/02 4.296,89

0111 31105698504 31/06/14770428 05/02-05/02 4.447,86

0111 31105698504 31/06/14770529 06/02-06/02 5.078,53

0111 31105698504 31/06/14770933 07/02-07/02 5.108,75

0111 31105698504 31/06/14770731 08/02-08/02 4.813,25

0111 31105698504 31/06/14770832 09/02-09/02 4.061,03

0111 31105698504 31/06/14771034 10/02-10/02 2.608,74

0111 31105698504 31/06/14771135 11/02-11/02 1.917,70

0111 31105698504 31/06/14771236 12/02-12/02 606,43

0111 31105698504 31/06/14771337 01/03-01/03 641,66

0111 31105698504 31/06/14771438 02/03-06/03 3.557,70

0111 31105698504 31/06/14771741 07/03-08/03 1.423,08

0111 31105698504 31/06/14771640 09/03-09/03 830,17

0111 31105698504 31/06/14771539 10/03-10/03 857,84

0111 31105698504 31/06/14771842 11/03-11/03 830,17

0111 31105698504 31/06/14771943 12/03-12/03 332,07

Recurso Procedente: Contra esta resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse, en el plazo de un mes, a partir del día siguiente a aquél en que tenga lugar la notificación, recurso de alzada, ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de Navarra, de acuerdo con lo previsto en el artículo 46.1 del Reglamento de Recaudación aprobado por R.D. 1415/2004 de 11 de junio ("Boletín Oficial del Estado" del 25), en relación con los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común. Así mismo, según dichos artículos, transcurrido el plazo de tres meses desde la interposición del recurso de alzada sin que recaiga resolución expresa sobre el mismo, éste se entenderá desestimado a todos los efectos, quedando expedita la vía jurisdiccional contencioso-administrativa.

La interposición del recurso no suspenderá el procedimiento recaudatorio, salvo que junto con el recurso se garantice con aval suficiente, o se consigne el importe total de la...

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