ORDEN FORAL 175/2004, de 15 de julio, del Consejero de Educación, por la que se transforma el concierto educativo de Segundo ciclo de Educación Infantil en concierto educativo de Educación Infantil, y se resuelve la modificación y prórroga de los conciertos educativos en los niveles educativos de la Enseñanza Básica, Educación Infantil, ...

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

ORDEN FORAL 175/2004, de 15 de julio, del Consejero de Educación, por la que se transforma el concierto educativo de Segundo ciclo de Educación Infantil en concierto educativo de Educación Infantil, y se resuelve la modificación y prórroga de los conciertos educativos en los niveles educativos de la Enseñanza Básica, Educación Infantil, Bachillerato y Ciclos Formativos de Grado Medio y Superior.

Por Orden Foral 56/2004, de 11 de marzo, (BOLETIN OFICIAL de Navarra número 42, de 7 de abril), se dictaron normas sobre la modificación y prórroga de los conciertos educativos en los niveles educativos de la Enseñanza Básica, Educación Infantil, Bachillerato y Ciclos Formativos de Grado Medio y Superior, para el curso académico 2004/2005.

Vistos los expedientes de modificación y/o prórroga formulados por los centros docentes privados y los incoados de oficio, según lo dispuesto en el artículo 46 del Reglamento de Normas sobre Conciertos Educativos aprobado por Decreto Foral 416/1992, de 14 de diciembre, que se relacionan en los correspondientes anexos, cumplidos los trámites procedimentales previstos en la legislación vigente, y de conformidad con lo establecido en los artículos 3 y 24 del Reglamento de Normas sobre Conciertos Educativos.

En virtud de las facultades conferidas en el artículo 36.2 c) y d) de la Ley Foral 23/1983, de 11 de abril, reguladora del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra,

ORDENO:

  1. Transformar el concierto educativo de Segundo ciclo de Educación Infantil en concierto educativo de Educación Infantil para todas las unidades concertadas en este nivel educativo durante el curso 2004/2005 y posteriores.

  2. Aprobar la modificación de los conciertos educativos suscritos por los centros docentes privados para la Enseñanza Básica Obligatoria y la Educación Especial, que se relacionan en los anexos 2.º, 3.º y 4.º, a esta Orden Foral, en los cuales se expresa el fundamento de la correspondiente resolución. Dichas modificaciones se aprueban con efectos de comienzo del curso 2004/2005.

    El concierto educativo de las Unidades de Currículo Adaptado tendrá una vigencia de un curso académico, ya que su autorización lo es también para un solo curso, y en el mismo sentido el concierto educativo de las Unidades de Diversificación Curricular también tendrá vigencia únicamente durante el curso 2004/2005, debiéndose solicitar su renovación, si procede, para cursos posteriores.

  3. Aprobar la modificación de los conciertos singulares suscritos por los centros docentes privados que se relacionan en los anexos 1.º y 7.º, a esta Orden Foral, para la Educación Infantil y el Bachillerato; en los cuales se expresa el fundamento de la correspondiente resolución. Dichas modificaciones se aprueban con efectos de comienzo del curso 2004/2005.

    El concierto del Primer Curso de Educación Infantil para el curso 2004/2005, será singular pleno.

  4. Aprobar la modificación de los conciertos singulares suscritos por los centros docentes privados que se relacionan en los anexos 5.º y 6.º, a esta Orden Foral, para los Ciclos Formativos de Grado Medio y para los Ciclos Formativos de Grado Superior; en los cuales se expresa el fundamento de la correspondiente resolución. Dichas modificaciones se aprueban con efectos de comienzo del curso 2004/2005.

  5. Prorrogar el concierto educativo singular por un curso en la modalidad parcial, las siguientes unidades del curso preparatorio de las pruebas de acceso a ciclos formativos de grado superior, con los centros privados: I.T.C. Cuatrovientos, 1 unidad del Curso de Acceso a C.F.S. (Ciencias Sociales); Salesianos, 1 unidad del Curso de Acceso a C.F.S. (Ciencia y Tecnología); y María Inmaculada, 1 unidad del Curso de Acceso a C.F.S.(Ciencias Sociales y de la Salud).

    El módulo económico del Curso de Acceso a C.F.S. (Ciencias Sociales y de la Salud), es el mismo que para el Curso de Acceso a C.F.S. (Ciencias Sociales), pero con una ratio de 1,88 profesores por unidad. 6.º Aprobar los módulos provisionales para el periodo septiembre a diciembre de 2004, del Ciclo Formativo de...

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