RESOLUCIÓN 71/2010, de 24 de noviembre, del Director General de Comunicación, por la que se transforman las concesiones para la gestión indirecta del servicio público de comunicación audiovisual, que se relacionan en los anexos 1 y 2 de esta Resolución, en licencias para la prestación del servicio de comunicación audiovisual.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyResolución

Con fecha 1 de mayo de 2010 entró en vigor la Ley 7/2010, de 31 de marzo, General de la Comunicación Audiovisual (en adelante, LGCA). De acuerdo con el apartado 3 del artículo 22 de la LGCA, cuando los servicios de comunicación audiovisual se presten mediante ondas hertzianas terrestres necesita de licencia previa otorgada mediante concurso por la autoridad audiovisual competente. La disposición transitoria segunda de la citada Ley, establece que las concesiones para la gestión indirecta del servicio público de radio o televisión por ondas hertzianas terrestres de ámbito estatal, autonómico o local, otorgadas antes de la entrada en vigor de la Ley, y que no hayan sido declaradas extinguidas, deberán de transformarse en licencias para la prestación del servicio de comunicación audiovisual.

El apartado 2 de la citada disposición transitoria segunda establece que los titulares de las concesiones deberán solicitar a la autoridad competente la correspondiente transformación del título habilitante, en el plazo de dos meses desde la entrada en vigor de la Ley. La autoridad competente, una vez recibida la solicitud, procederá a dictar resolución expresa transformando la concesión en licencia y a realizar su inscripción en el Registro correspondiente.

De acuerdo con lo indicado en el citado precepto, el Servicio de Comunicación de la Dirección General de Comunicación informa que los operadores relacionados en los anexos de la presente Resolución han solicitado, en forma y plazo, al citado Servicio, la transformación de la concesión para la prestación, en régimen de gestión indirecta, del servicio público de radio o televisión por ondas hertzianas terrestres de autonómico o local, del que son titulares, en licencia para la prestación del servicio de comunicación audiovisual.

Por otro lado, la mercantil pevesa comunicación, S.L., ha solicitado la transformación en licencia de diversas concesiones del servicio de radiodifusión sonora en frecuencia modulada en las localidades de Pamplona, Estella, Tudela, Funes y Viana.

Al amparo de lo dispuesto en el artículo 26 de la Ley Foral 18/2001, desde el Servicio de Comunicación, se solicitó el correspondiente informe para poder resolver conforme a lo dispuesto por la normativa estatal. Con fecha 1 de septiembre de 2010, el Consejo Audiovisual de Navarra informa que todos los solicitantes son titulares de concesiones y que las mismas se encuentran en vigor, por lo que no existe ninguna...

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