DECRETO FORAL 4/2007, de 15 de enero, por el que se amplía el plazo establecido en la Disposición Transitoria Tercera del Decreto Foral 132/2005, de 3 de noviembre, por el que se regula el régimen específico del personal del guarderío forestal adscrito al Departamento de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyDecreto foral

DECRETO FORAL 4/2007, de 15 de enero, por el que se amplía el plazo establecido en la Disposición Transitoria Tercera del Decreto Foral 132/2005, de 3 de noviembre, por el que se regula el régimen específico del personal del guarderío forestal adscrito al Departamento de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda.

El Decreto Foral 132/2005, de 3 de noviembre, por el que se regula el régimen específico del personal del guarderío forestal adscrito al Departamento de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda, establece en su artículo 7 que los puestos de trabajo de Guarda Forestal se cubrirán por el sistema de oposición, exigiéndose, entre otros requisitos específicos, la posesión de una determinada titulación de formación profesional.

A este respecto, la Disposición Transitoria Tercera del mismo Decreto Foral fija un período transitorio hasta el 1 de enero de 2007 en relación con la exigencia de la referida titulación, dentro del cual para ingresar en el puesto de Guarda Forestal no se exigiría dicha titulación específica y se utilizaría el sistema de concurso-oposición, valorándose tanto la posesión de la misma como los servicios prestados temporalmente en el guarderío forestal. El motivo de la introducción en el Decreto Foral de este período transitorio obedece a la voluntad de minimizar el impacto del establecimiento de la exigencia de la titulación específica, posibilitando, a través de una última convocatoria, la concurrencia de aspirantes que no la posean, si bien mediante un concurso-oposición en el que se valore tanto la titulación como la experiencia en el referido puesto de trabajo.

Tanto el desarrollo organizativo del guarderío forestal, derivado de la aprobación del Decreto Foral 132/2005, de 3 de noviembre, como la realización de los procedimientos de provisión de puestos de trabajo y la preparación de las bases de la convocatoria de ingreso, han llevado más tiempo del previsto y han ocasionado la imposibilidad de publicar convocatoria alguna de ingreso al puesto de Guarda Forestal antes de la finalización del plazo fijado en la referida Disposición Transitoria.

Persistiendo las circunstancias que aconsejaron la introducción de la referida transitoriedad, procede ampliar, hasta el 1 de julio de 2007, el plazo fijado en la Disposición Transitoria Tercera del Decreto Foral...

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