ORDEN FORAL 140/1997, de 25 de julio, del Consejero de Economía y Hacienda, por la que se habilitan transitoriamente los cartones para el juego del bingo de la serie actualmente existente, para la modalidad del bingo acumulado.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

ORDEN FORAL 140/1997, de 25 de julio, del Consejero de Economía y Hacienda, por la que se habilitan transitoriamente los cartones para el juego del bingo de la serie actualmente existente, para la modalidad del bingo acumulado.Boletín Oficial de Navarra Número 97 - Fecha 13/08/1997

Por Decreto Foral 165/1997, de 23 de junio, se ha regulado la modalidad de juego del bingo acumulado, solicitado con reiteración por las empresas de juego del Bingo que operan en la Comunidad Foral, lo que obliga a habilitar la vigencia de los cartones de la Serie AI, actualmente existente, para su utilización en la nueva modalidad de juego, a fin de agotar las existencias de los mismos.

En consecuencia,

ORDENO:

Primero.-Habilitar los cartones de la Serie AI, actualmente en existencias, para que puedan ser utilizados en aquellas salas que tengan autorizada la nueva modalidad de bingo acumulado, en cuyo caso el reparto de las cantidades destinadas a premios será, por relación a su denominación y al valor facial de la totalidad de los cartones vendidos, el siguiente:

-"Bingo" ordinario: 57%

-"Línea": 9,5%

-"Bingo acumulado" y "Premio" complementario: 2,5%

Segundo.-Las empresas de bingo que obtengan la preceptiva autorización administrativa para establecer en sus Salas la modalidad...

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