ORDEN FORAL 81/1997, de 17 de marzo, del Consejero de Educación y Cultura, por la que se aprueba la convocatoria de tres becas de prácticas profesionales en el Museo de Navarra.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

ORDEN FORAL 81/1997, de 17 de marzo, del Consejero de Educación y Cultura, por la que se aprueba la convocatoria de tres becas de prácticas profesionales en el Museo de Navarra.Boletín Oficial de Navarra Número 46 - Fecha 16/04/1997

La Dirección General de Cultura "Institución Príncipe de Viana" a través del Servicio de Patrimonio Histórico, convoca tres becas de prácticas profesionales en el Museo de Navarra, destinadas a Licenciados en Filosofía y Letras, al objeto de completar su formación académica con el conocimiento teórico y práctico de la organización y funcionamiento de los museos, de conformidad con las siguientes

B A S E S

  1. -Plazo de solicitud

    Las Becas convocadas podrán solicitarse dentro de los quince días naturales siguientes al de la publicación de la presente convocatoria en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

  2. -Requisitos

    2.1. Para optar a estas becas será preciso ser navarro o estar domiciliado en Navarra con anterioridad a la publicación de esta convocatoria en el BOLETIN OFICIAL de Navarra y estar en posesión del título de Licenciado en Filosofía y Letras. No podrán optar quienes hayan disfrutado Becas del Gobierno de Navarra para prácticas en Bibliotecas, Museos o Archivos.

    2.2. Los solicitantes deberán presentar en el Registro General del Gobierno de Navarra -o en cualquiera de las formas establecidas en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo común- los documentos que a continuación se indican:

    1. Instancia de solicitud.

    2. Documento Nacional de Identidad y/o certificado acreditativo de estar domiciliado en Navarra.

    3. Certificación del expediente académico, con calificaciones de todas las materias de cada curso.

    4. "Currículum vitae" del aspirante con indicación de estudios complementarios, cursillos, publicaciones, becas obtenidas, trabajos de investigación desarrollados y cualquier otra actividad o mérito que el aspirante considere oportuno alegar. Todo ello deberá ser acreditado por medio de la documentación pertinente.

  3. -Selección

    3.1. La selección de becarios se efectuará por una Comisión designada al efecto por el Consejero de Educación y Cultura. Dicha Comisión estudiará y valorará las solicitudes presentadas y propondrá la concesión de las becas a las personas que obtengan mayor puntuación de conformidad con el baremo siguiente:

    -Expediente académico: máximo 10 puntos

    -Otros estudios, cursillos, etc.: máximo 5...

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