ORDEN FORAL 192/2010, de 23 de junio, de la Consejera de Asuntos Sociales, Familia, Juventud y Deporte, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones a usuarios que accedan a compra o rehabilitación de vivienda dentro del programa de Vivienda de Integración Social.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

La Ley Foral 15/2006, de 14 diciembre, de Servicios Sociales, dispone que las actuaciones de los poderes públicos en materia de servicios sociales tendrán como objetivos esenciales, entre otros, mejorar la calidad de vida y promover la normalización, participación e integración social, política, económica, laboral, cultural y educativa de todas las personas, promover la autonomía personal, familiar y de los grupos, fomentar la cohesión social y la solidaridad, prevenir y atender las situaciones de exclusión de las personas y de los grupos, y promover la participación de la comunidad en la resolución de las necesidades sociales y en particular de las entidades representativas de los colectivos más desfavorecidos.

La Cartera de Servicios Sociales de ámbito general, aprobada por el Decreto Foral 69/2008, de 17 de junio, recoge como prestación no garantizada en el área de inclusión social las ayudas al acceso a viviendas de integración social.

Las previsiones de dichas normas deben conciliarse con las contenidas en la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones. En esta Ley Foral se establece el régimen jurídico general aplicable a las subvenciones otorgadas con cargo a los Presupuestos Generales de Navarra para el fomento de actividades de utilidad pública o de interés social. Con carácter previo a su concesión, el órgano competente deberá establecer sus bases reguladoras, que habrán de ser publicadas, posibilitando de este modo el acceso de quienes realicen las actividades o se encuentren en la situación que motiva el otorgamiento.

El Decreto Foral 4/2006, de 9 de enero, por el que se regulan las actuaciones protegibles en materia de vivienda y el fomento de la edificación residencial, regula en sus capítulos III y IV, el régimen de viviendas de Integración Social así como las ayudas económicas generales para el fomento de la vivienda protegida de Integración Social.

Es objeto de la presente convocatoria establecer las bases reguladoras que regirán la concesión de subvenciones a usuarios que han accedido a compra de vivienda dentro del programa de Vivienda de Integración Social

La presente convocatoria posibilita el acceso en condiciones de igualdad a todos los beneficiarios interesados, garantizando, a su vez, que la concesión responda a criterios objetivos, priorizados de acuerdo con las directrices que, en el marco general de la política social, se establecen por la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, y de conformidad con el contenido del Plan de Lucha contra la Exclusión Social, aprobado por el Parlamento de Navarra en febrero de 1999.

Vistos los informes técnicos y jurídicos obrantes en el expediente, que ponen de manifiesto, respectivamente, la oportunidad e interés público de la concesión de las presentes subvenciones, así como la legalidad de la convocatoria y sus correspondientes bases reguladoras.

Visto el Acuerdo de Gobierno de 7 de junio de 2010, por el que se autoriza a la Consejera de Asuntos Sociales, Familia, Juventud y Deporte la tramitación de la convocatoria de subvenciones a usuarios que han accedido a compra de vivienda dentro del programa de Vivienda de Integración Social, en régimen de evaluación individualizada.

En consecuencia, en virtud de las atribuciones que me han sido conferidas por la Ley Foral 14/2004, de 3 de diciembre, del Gobierno de Navarra y de su Presidente, y por el Decreto Foral 125/2007, de 3 de septiembre, por lo que se establece la estructura orgánica del Departamento de Asuntos Sociales, Familia, Juventud y Deporte,

ORDENO:

  1. Aprobar la convocatoria de subvenciones, a usuarios que han accedido a compra o rehabilitación de vivienda dentro del programa de Vivienda de Integración Social, conforme a las bases reguladoras que figuran como Anexo a esta Orden Foral.

  2. Autorizar un gasto de 300.000,00 euros que se imputarán con cargo a la partida presupuestaria 900003 91600 4809 231604 denominada "Subvención de gastos de tramitación compra programa VIS" del Presupuesto de 2010.

  3. Trasladar esta Orden Foral al Servicio de Incorporación Social de la Dirección General de Asuntos Sociales y Cooperación al Desarrollo, al Centro contable de la Sección de Gestión Presupuestaria y al Negociado de Asuntos Administrativos de la Secretaría General Técnica del Departamento, y ordenar su publicación en el Boletín Oficial de Navarra, a los efectos oportunos, indicando que contra la misma cabe interponer recurso de alzada ante el Gobierno de Navarra, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación de conformidad con lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y en la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra.

Pamplona, 23 de junio de 2010.-La Consejera de Asuntos Sociales, Familia, Juventud y Deporte, María Isabel García Malo

ANEXO

Bases de la convocatoria de subvenciones, para el año 2010,a usuarios que accedan a compra o rehabilitación de vivienda dentro del programa de...

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