ORDEN FORAL 471/2006, de 28 de diciembre, del Consejero de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda por la que se formula Declaración de Impacto Ambiental sobre el Proyecto de construcción de la 'Variante en la carretera NA-178, Lumbier-Ezcároz, entre el P.K. 10+000 y el P.K. 14+000 (Puerto de Iso)', promovido por el Departamento...

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

ORDEN FORAL 471/2006, de 28 de diciembre, del Consejero de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda por la que se formula Declaración de Impacto Ambiental sobre el Proyecto de construcción de la "Variante en la carretera NA-178, Lumbier-Ezcároz, entre el P.K. 10+000 y el P.K. 14+000 (Puerto de Iso)", promovido por el Departamento de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones.

Por las características del proyecto, éste se encuentra comprendido en el apartado a) del grupo C del anexo 3C de la Ley Foral 4/2005, de 22 de marzo, de Intervención para la Protección Ambiental, por lo que de acuerdo con lo dispuesto en la misma, debe someterse al procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental.

Con objeto de iniciar el procedimiento, el Departamento de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones presentó con fecha 6 de abril de 2006, ante el Departamento de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda, el Estudio de Impacto Ambiental junto con el Proyecto de Construcción.

Con fecha 16 de mayo 2006, el Departamento de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda, mediante escrito del Director General de Medio Ambiente remitió, de acuerdo con el Artículo 39 de la Ley Foral 4/2005 escrito al promotor requiriendo la subsanación de algunos aspectos que se debían aportar junto con el contenido obligado del estudio de impacto ambiental y en concreto:

  1. Selección de la alternativa óptima desde el punto de vista medioambiental para la reposición de las líneas eléctricas afectadas por el proyecto, considerando la posibilidad de reposición de las dos líneas por el mismo corredor y los resultados de los estudios de riesgo para la avifauna, presentando el detalle de los apoyos y la señalización de las líneas.

  2. Redefinición del la ocupación y capacidad del vertedero 1, presentando nuevas soluciones si fuera preciso para su estudio, para minimizar las afecciones a la vegetación natural y en especial la relacionada con la red de drenaje.

  3. Entrega de documento con la ubicación y características de la plantación compensatoria prevista en el Estudio de Impacto Ambiental.

    En respuesta a dichas solicitudes se completa el Estudio de Impacto Ambiental con un informe complementario a éste, resolviendo los siguientes aspectos:

    .Mantener el recorrido proyectado para la reposición de las líneas eléctricas, justificado en la optimización de la solución técnica y la afección baja sobre la avifauna y la vegetación existente, señalizar el tendido repuesto en la margen sur de la carretera.

    .Reducir de ocupación efectiva del vertedero 1 y de la vegetación afectada por este depósito.

    .De acuerdo con la Sección de Gestión Forestal del Departamento de Medio Ambiente, el proyecto incluye un capítulo para la ordenación del pastoreo y la restauración de suelos, cuyo contenido está pendiente de redacción. Dicho previsión de actuación, a redactar por la Sección de Gestión Forestal, dispone del presupuesto destinado en el Proyecto de Medidas Correctoras para actuaciones compensatorias de la superficie forestal afectada por la traza y tiene previsto su plazo de entrega en el primer trimestre de 2007.

    En el Anexo 1 de esta Declaración de Impacto se resumen los datos esenciales del proyecto y en el Anexo 2 se incluyen los aspectos más destacados del estudio de impacto ambiental.

    Estudiada la documentación, con fecha 31 de julio de 2006, el Director General de Medio Ambiente remitió informe indicando que el "Informe complementario al Estudio de Impacto Ambiental del Proyecto de construcción de variante en la carretera NA-178, de Lumbier a Ezcároz, P.K. 10 al 14 (Puerto de Iso)" responde a lo solicitado y considera que el Estudio de Impacto Ambiental es suficiente para ser sometido a información pública.

    Mediante Orden Foral 119/2006, de 4 de agosto, del Consejero de Obras Públicas, Transportes y comunicaciones, se aprueba técnicamente el proyecto de "Variante en la carretera NA-178, de Lumbier a Ezcároz, P.K. 10+000 al P.K. 14+000 (Puerto de Iso" y se somete a información pública, conjuntamente con el estudio de impacto ambiental durante el plazo de un mes. Dicha Orden Foral se publicó en el BOLETIN OFICIAL de Navarra número 100 de 21 de agosto de 2006. No se han recibido alegaciones al Estudio de Impacto Ambiental durante el periodo de exposición pública.

    Conforme al artículo 39 de la Ley Foral 4/2005, el Consejero de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones remitió con fecha 20 de octubre de 2006 al Consejero de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda, el expediente, que comprende el documento técnico, el Estudio de Impacto Ambiental que incluye los aspectos exigidos por la D.G. de Medio Ambiente en el requerimiento del 16 de mayo a los efectos de elaborar la propuesta de Declaración de Impacto Ambiental.

    En consecuencia, a la vista de los informes obrantes en el expediente, considerando que el procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental está completo sin que se hayan producido alegaciones, de conformidad con el artículo 3.1. b) del Decreto Foral 580/1995, de 4 de diciembre, de asignación de funciones relativas a la Evaluación de Impacto Ambiental y en virtud de las atribuciones delegadas por la Orden Foral 537/2005, de 27 de septiembre, del Consejero de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda,

    ORDENO:

    1. Formular Declaración de Impacto Ambiental sobre el Proyecto de Construcción de la "Variante en la carretera NA-178, de Lumbier a Ezcároz. P.K. 10 al 14: (Puerto de Iso)", promovido por el Departamento de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones, considerando que el proyecto es ambientalmente viable siempre que se cumplan además de todas las medidas correctoras incluidas en el Estudio de Impacto Ambiental, su...

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