ORDEN FORAL 42/2010, de 21 de junio, de la Consejera de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones, por la que se se resuelve la fase de información pública y se aprueba definitivamente el 'Proyecto de acondicionamiento del viario para la recuperación ambiental de la escombrera de Arrubias'.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

Por Orden Foral 94/2009, de 25 de septiembre, de la Consejera de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones, publicada en el Boletín Oficial de Navarra número 125, de 9 de octubre, se procedió a la aprobación provisional del "Proyecto de acondicionamiento del viario para la recuperación ambiental de la escombrera de Arrubias" y se sometió a información pública.

El Servicio de Proyectos, Ferrocarriles y Obras Hidráulicas informa que, transcurrido el plazo de información pública, se han recibido las siguientes alegaciones, cuyo contenido y respuesta se exponen a continuación:

Alegación número 1.-Don Juan María Lezáun Labiano.

Manifiesta que el nuevo vial de acceso a la escombrera desde la carretera NA-6007, previsto en el proyecto, divide la finca rústica propiedad del alegante en dos partes, mostrando su oposición a la construcción del citado vial, por no estar justificada la utilidad pública ó interés social del nuevo vial.

Contestación:

Se acepta lo alegado.

Se excluyen de este expediente las afecciones referidas al vial de acceso a la escombrera desde la NA-6007, que serán, en su caso, objeto de un expediente posterior a desarrollar por el Departamento de Innovación, Empresa y Empleo.

Alegación número 2.-Don Francisco Javier Echeverría Artieda.

Manifiesta que las fincas GA-10 y GA-11, que constan en la relación de bienes derechos de titularidad del Concejo de Arlegui, son de su propiedad. Aporta copia de parte de la escritura de aceptación de herencia otorgada ante el Notario de Pamplona don José María Marco García Mina y solicita ser incluido en la relación de bienes y derechos y reconocido como propietario.

Contestación:

El proyecto toma las referencias identificadoras y datos descriptivos del Registro Fiscal de la Riqueza Territorial de Navarra, datos actualizados y coincidentes con el catastro municipal. Según estos, el titular catastral de las fincas GA-10 y GA-11, parcelas 262 y 263 del polígono 9 de Galar, es el Concejo de Arlegui. No obstante, vista la copia parcial del título de propiedad aportada, a tenor de lo dispuesto el artículo 5.2 de la Ley de Expropiación Forzosa, se incluye a don Francisco Javier Echeverría Artieda, con domicilio en la C/ Barriobajo número 6 de Arlegui, en la relación de bienes y derechos afectados, debiendo aportar al levantamiento de actas previas los documentos originales acreditativos de su titularidad al objeto de subsanar el posible error o considerar la existencia de litigio.

Alegación número 3.-Don Eugenio Osinaga Cenoz, en nombre de Errealaiz Soc. Coop.

Manifiesta que la finca BE-11, parcela 831 del polígono 5 de Beriáin, se ve afectada en una franja de 3 m de anchura aproximadamente, por toda la largura de la misma, limitando la funcionalidad de la parcela en relación a la actividad que viene cumpliendo y solicita la modificación del proyecto o la reposición de los elementos afectados.

Contestación:

La parcela únicamente se ve afectada por la franja exterior de dominio público que no va a ser expropiado, por lo que no se alterará elemento alguno y se podrán cumplir los mismos servicios que ahora realizan. Por otra parte, los accesos a la misma serán convenientemente repuestos.

Alegación número 4.-Don Rafael Blanco Pena en nombre del Ayuntamiento de Beriáin.

Propone que la adecuación de la intersección de las carreteras NA-6007 y NA-6009 debería de tener en cuenta las previsiones recogidas en el Plan Municipal de Ordenación Urbana en ese punto y, a su vez, sostiene la conveniencia de mejorar la carretera NA-6007 en el tramo que discurre entre su entronque con la NA-6009 y la rotonda de acceso a Beriáin con las alternativas que propone.

Contestación:

En principio, ha de señalarse que el proyecto tiene la finalidad concreta y específica que se expone en la parte introductoria de la Orden Foral que lo aprueba provisionalmente y que, en síntesis, obedece a facilitar el transporte de material de la escombrera de Arrubias a la fábrica existente en Beriáin para la obtención de cloruro sódico siendo necesario para ello acondicionar el viario y adecuarlo a las condiciones de seguridad y uso propias del tráfico que va a soportar.

Por otra parte, está en avanzado proceso de tramitación el "III Plan Director de Carreteras de Navarra 2009-2016", el cual incluye, en su actuación...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR