ORDEN FORAL 359/2000, de 4 de octubre, del Consejero de Educación y Cultura, por la que se determina la pérdida por parte de don Xabier Larrañaga Cendoña de los derechos derivados de la superación del procedimiento selectivo de ingreso al Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria, especialidad de Tecnología en vascuence, aprobado por Orden ...

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

ORDEN FORAL 359/2000, de 4 de octubre, del Consejero de Educación y Cultura, por la que se determina la pérdida por parte de don Xabier Larrañaga Cendoña de los derechos derivados de la superación del procedimiento selectivo de ingreso al Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria, especialidad de Tecnología en vascuence, aprobado por Orden Foral 99/2000, de 22 de marzo, del Consejero de Educación y Cultura (BOLETIN OFICIAL de Navarra número 40, de 31 de marzo).

Por Orden Foral 99/2000, de 22 de marzo, del Consejero de Educación y Cultura, modificada por Orden Foral 142/2000, de 12 de abril, del Consejero de Educación y Cultura, se aprueba la convocatoria de procedimientos selectivos de ingreso y acceso al Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria, y de ingreso a los Cuerpos de Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas y de Profesores Técnicos de Formación Profesional, al servicio de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra.

Por Orden Foral 297/2000, de 28 de julio, se aprueban las listas de aspirantes aprobados, por especialidades, en la convocatoria de procedimientos selectivos de ingreso y acceso al Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria, y de ingreso a los Cuerpos de Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas y de Profesores Técnicos de Formación Profesional, al servicio de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra.

La base undécima, apartado 2, de la convocatoria, dispone lo siguiente:

"Por el Departamento de Educación y Cultura se procederá a nombrar funcionarios en prácticas a los aspirantes seleccionados que no estén exentos de su realización o que, estando exentos, opten por incorporarse a las mismas, asignándoles destino para efectuarlas de acuerdo con las necesidades del servicio, bien en puestos vacantes o en sustituciones de carácter temporal de la especialidad superada o, en su caso, especialidades análogas. Caso de no incorporarse a los citados destinos en el plazo de cinco días a partir de la comunicación de los mismos, se entenderá que renuncian a las pruebas selectivas".

Por Orden Foral 348/2000, de 20 de septiembre, del Consejero de Educación y Cultura, se nombra funcionario en prácticas a don Xabier Larrañaga Cendoña adjudicándole destino para la realización de la fase de prácticas.

Don Xabier Larrañaga Cendoña ha renunciado por escrito al puesto de trabajo adjudicado, por lo que...

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