ORDEN FORAL 45/2004, de 29 de abril, del Consejero de Industria yTecnología, Comercio y Trabajo, por la que se aprueba laconvocatoria de 53 becas para la formación y especialización detécnicos en áreas de interés para Navarra para el año 2004.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

ORDEN FORAL 45/2004, de 29 de abril, del Consejero de Industria y Tecnología, Comercio y Trabajo, por la que se aprueba la convocatoria de 53 becas para la formación y especialización de técnicos en áreas de interés para Navarrapara el año 2004.

El Decreto Foral 208/1991, de 23 de mayo, por el que se establece un marco de ayudas para el fomento de la competitividad de las empresas ubicadas en Navarra, contempla en su artículo 3 como uno de los programas y actividades objeto de las ayudas, el programa de formación y capacitación de técnicos.

En su artículo 4, establece que el alcance de las ayudas para cada uno de los programas y actividades será establecido por las Ordenes Forales que desarrollen este Decreto Foral. Asimismo en el apartado 1.2.a) de este artículo se establece que las ayudas a los programas de formación se concretarán en convocatorias de ayudas para la formación y especialización de técnicos recién graduados, en Centros y Laboratorios de investigación de Navarra, en áreas de interés para la Comunidad Foral.

En su virtud, y visto el informe del Servicio de Innovación y Tecnología,

ORDENO:

  1. Aprobar la convocatoria para la concesión de 53 becas para titulados universitarios de grado medio o superior a disfrutar en los centros que se relacionan en el Anexo I de esta Orden Foral.

    El gasto de esta convocatoria se hará con cargo a la Partida del Presupuesto de 2004: 840001 81200 4809 542402 denominada Formación de Equipo Humano y Reciclaje de Técnicos (Fondo Social Europeo) por importe de 135.150,00 euros.

  2. La citada convocatoria se regirá por las bases determinadas en el Anexo II de esta Orden Foral.

  3. Publicar la presente Orden Foral en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

  4. Contra la presente Orden Foral puede interponerse Recurso de Alzada ante el Gobierno de Navarra en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación.

    Pamplona, 29 de abrilde 2004._El Consejero de Industria y Tecnología, Comercio y Trabajo, José Javier Armendáriz Quel.

ANEXO II CONVOCATORIA DE BECAS PARA LA FORMACION Y ESPECIALIZACION DE TECNICOS EN AREAS DE INTERES PARA NAVARRA PARA EL AÑO 2004

B A S E S

a._Definición y finalidad.

Las becas serán para su disfrute en las áreas y centros relacionados en el Anexo I y a fin de que los futuros profesionales perfeccionen su formación mediante la realización de actividades de investigación y/o especialización en materias de interés para diversos sectores industriales de la Comunidad Foral, aprovechando para ello la posibilidad que brindan dichos centros.

b._Importe.

  1. El período de disfrute de las becas se extenderá desde el día de la incorporación del becario al centro hasta el mes de diciembre de 2004 inclusive.

  2. Las becas podrán ser prorrogadas por la Dirección General de Industria y Comercio, hasta un máximo de dos años, siempre que se acredite su aprovechamiento y exista dotación presupuestaria suficiente.

  3. Cada beca estará dotada con una cantidad de 850,00 euros mensuales.

    c._Requisitos.

    Los candidatos deberán reunir los siguientes requisitos:

  4. Poseer la titulación establecida en cada caso.

  5. Ser natural o residente en Navarra con anterioridad al 1 de enero de 2003.

  6. Haber finalizado los estudios, cuya titulación permite concurrir a esta convocatoria, en junio de 2001 o fecha posterior.

  7. No habersido beneficiario en los años anteriores, contados desde la fecha de finalización de los estudios cuya titulación permite concurrir a esta convocatoria, de ninguna beca para la formación o especialización de ninguna administración pública.

    d._Plazos para efectuar las solicitudes.

    Las solicitudes se presentarán en el Registro del Departamento de Industria y Tecnología, Comercio y Trabajo (Parque de Tomás Caballero, número1 de Pamplona), o a través de las oficinasdel Registro General del Gobierno de Navarra, cuya relación se recoge en el Anexo II del Decreto Foral 137/2002, de 24 de junio, por el que se regula la organización y funcionamiento del Registro General del Gobierno de Navarra, sin perjuicio delderecho de utilización de las demás formas de presentación establecidas en el artículo 38.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

    La presentación de documentación se realizará empleando el Modelo de Solicitud de becas para la formación y especialización, disponible en el Servicio de Innovación y Tecnología (Parque de Tomás Caballero, número 1 de Pamplona), en las oficinas de información del Gobierno de Navarra (Avenida Carlos III, número 2, de Pamplona), o en la red internet http://www.navarra.es (escribir Formación de técnicos en el buscador).

    El Modelo de Solicitud de becas para la formación y especialización, deberápresentarse acompañado de la siguiente documentación:

  8. Fotocopia de la Certificación acreditativa de la titulación y expediente académico.

  9. Fotocopia del D.N.I.

  10. Documento justificativo del cumplimiento de los requisitos que se determinan en el punto b) de la base tercera de esta convocatoria.

    El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días naturales a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

    e._Forma de concesión.

    La selección de los becarios se realizará teniendo en cuenta el expediente académico, según baremo que será aprobado por el Tribunal, estableciendo un orden de prelación para la concesión de las becas.

    Una vez realizada la selección se harán públicas, en el tablón de anuncios de la Dirección General de Industria, las listas provisionales, para que en un plazo de cinco días se realicen las reclamaciones que hubiera lugar.

    Transcurrido dicho plazo, y a la vista de las reclamaciones, se confeccionarán las listas definitivas.

    f._Composición del Tribunal.

    El Tribunal que ha de juzgar la selección de los becarios estará compuesto por:

    _Presidente: El Director General...

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