ORDEN FORAL 234/2001, de 12 de septiembre, del Consejero de Economía y Hacienda, por la que se pone a disposición del Departamento de Industria, Comercio, Turismo y Trabajo una parcela sita en el polígono industrial de Aoiz.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

Mediante Orden Foral 889/1990, de 27 de septiembre, del Consejero de Economía y Hacienda, se adjudicó en venta a la compañía "Sociedad Anónima de Diseño y Creaciones Artísticas" (SADYCAR), con NIF A/31-21708-6, una parcela de 1.000 m.2 de superficie sita en el polígono industrial de Aoiz.

El importe derivado de la misma fue fraccionado en ocho anualidades siendo los dos primeros años de carencia y amortizándose el principal en seis anualidades iguales, devengando las cantidades aplazadas un interés anual del ocho por ciento. Desde el año 1995 la mencionada empresa no registra ningún tipo de actividad y sólo ha hecho frente al pago del Impuesto sobre el Valor Añadido, habiéndose traspasado a Tesorería las deudas correspondientes a las anualidades vencidas.

Por ello y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se hizo pública notificación a la citada compañía de la iniciación del expediente de recuperación de la nave industrial de referencia, concediéndole un plazo de diez días hábiles para comparecer y alegar cuanto en su defensa estimara conveniente, que fue publicada en el BOLETIN OFICIAL de Navarra número 44 de 9 de abril de 2001 y en el tablón de Edictos del Ayuntamiento de Aoiz.

Finalizado dicho plazo sin que la interesada efectuara alegación alguna, mediante Orden Foral 151/2001, de 8 de junio, se iniciaron los trámites para resolver la citada compraventa con la declaración de la voluntad administrativa en este sentido y se dispuso que por el Servicio de Patrimonio se llevasen a cabo las actuaciones previstas en la Ley para proceder a la resolución, la cual tendrá lugar una vez expirado el plazo de un mes y un día a contar desde el requerimiento fehaciente que se le haga a la citada mercantil exigiéndole el cumplimiento de la obligación de pago que le incumbe, tal como indica la Ley 484 de la Compilación del Derecho Civil Foral de Navarra, salvo que la empresa deudora acepte la resolución de la compraventa antes de que transcurra dicho plazo, en cuyo caso, la resolución tendrá lugar el día de su aceptación.

Dicho requerimiento fue publicado en el Tablón de anuncios del Ayuntamiento de Aoiz y en el BOLETIN OFICIAL de Navarra (número 93 de 1 de agosto de 2001).

Transcurrido el plazo fijado ha operado la resolución automática de la compraventa de referencia, por lo que se entiende recuperada la...

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