ORDEN FORAL de 21 de diciembre de 1998, del Consejero de Agricultura, Ganadería y Alimentación, por la que se aprueban los planes de desarrollo de los cultivos del olivo y del endrino en Navarra.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

ORDEN FORAL de 21 de diciembre de 1998, del Consejero de Agricultura, Ganadería y Alimentación, por la que se aprueban los planes de desarrollo de los cultivos del olivo y del endrino en Navarra.

En 1995, el Departamento de Agricultura, Ganadería y Alimentación elaboró un plan de fomento o de desarrollo del olivo y del endrino en Navarra que, entre otras medidas, contemplaba la realización de nuevas plantaciones de ambos cultivos leñosos.

Por Decreto Foral 87/1995, de 3 de abril, el Gobierno de Navarra estableció ayudas a las nuevas plantaciones de estos cultivos. Estas ayudas, mediante Decisión de 18 de diciembre de 1995, fueron autorizadas por la Comisión de la Comunidad Europea.

Aunque los citados planes de desarrollo se están llevando a cabo desde 1995, hasta ahora no han sido objeto de aprobación formal. No obstante, la nueva situación del olivar, derivada de la reforma de la OCM en el sector de las materias grasas, hace aconsejable dicha aprobación.

En su virtud, y en ejercicio de las facultades atribuidas por el artículo 36.2 de la Ley Foral 23/1983, de 11 de abril, de Gobierno y de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra,

ORDENO:

Artículo 1 º Objeto.

Se aprueban los planes de desarrollo de los cultivos del olivo y del endrino en Navarra, elaborados por la Dirección General de Agricultura y Ganadería.

Artículo 2 º Plan de desarrollo del cultivo del olivo.
  1. El plan de desarrollo del cultivo del olivo en Navarra tiene los siguientes objetivos:

    1. Ofrecer alternativas viables a los cultivos cerealistas y apoyar iniciativas de diversificación.

    2. Promover y apoyar procesos de integración en la producción, transformación y comercialización.

    3. Mejorar la estructura productiva para garantizar la oferta de un aceite de alta calidad.

    4. Fomentar la reconversión y regeneración varietal de cara a garantizar la calidad del aceite y mantener las características típicas locales.

    5. Promover y fomentar actividades de investigación y desarrollo que permitan optimizar los itinerarios técnicos.

    6. Asegurar el mantenimiento y la mejora del entorno natural con una especie de gran valor ecológico, paisajístico y cultural, que además se comporta como un elemento de conservación de la biodiversidad.

    7. ...

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