DECRETO FORAL 236/2004, de 14 de junio, por el que se aprueba la desafectación de 157 metros cuadrados de terreno comunal del Ayuntamiento de Estella, para su posterior cesión de uso.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyDecreto foral

DECRETO FORAL 236/2004, de 14 de junio, por el que se aprueba la desafectación de 157 metros cuadrados de terreno comunal del Ayuntamiento de Estella, para su posterior cesión de uso.

El Ayuntamiento de Estella solicita la preceptiva aprobación por el Gobierno de Navarra de la desafectación de 157 metros cuadrados de terreno comunal, correspondientes a parte de la parcela 1.258 del polígono número 3, en el paraje de "San Lorenzo".

El objeto de la desafectación propuesta es la cesión de uso de los terrenos referidos a don Francisco Javier Lezaun Zubiría por un plazo de cinco años, renovables de mutuo acuerdo, mediante el cobro de una canon anual, para la instalación de un depósito de agua de riego, del que aproximadamente la mitad queda en la parcela catastral número 1.258 perteneciente al comunal de Estella.

Por el Ayuntamiento de Estella se ha dado estricto cumplimiento a lo establecido sobre la materia objeto de este expediente en la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra, así como en el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales de Navarra, aprobado mediante el Decreto Foral 280/1990, de 18 de octubre.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Agricultura, Ganadería y Alimentación,y de conformidad con el Acuerdo adoptado por el Gobierno de Navarra en sesión celebrada el día catorce de junio de dos mil cuatro,

DECRETO:

  1. Se aprueba la desafectación de 157 metros cuadrados de terreno comunal del Ayuntamiento de Estella, correspondientes a parte de la parcela 1.258 del polígono número 3, en el paraje de "San Lorenzo". En tanto se realice la cesión de estos terrenos en los términos del artículo 2.º de este Decreto Foral, mantendrán su condición de bienes comunales.

  2. Seautoriza al Ayuntamiento de Estella a la cesión de uso del terreno desafectado a don Francisco Javier Lezaun Zubiría, por un plazo de cinco años, renovables de mutuo acuerdo, mediante el cobro de un canon anual, para la instalación de un depósito deagua de riego, del que aproximadamente la mitad queda en la parcela catastral número 1.258 perteneciente al comunal de Estella.

  3. La aprobación de dicha desafectación se condiciona a que se dé fiel cumplimiento al pliego de condiciones aprobado alefecto por el Ayuntamiento con fecha 4 de septiembre de 2003, en especial a la cláusula de reversión en caso de que...

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