ORDEN FORAL 40/2012, de 16 de marzo, del Consejero de Fomento y Vivienda, por la que se resuelve la fase de información pública y se aprueba definitivamente el proyecto de construcción del 'Desdoblamiento de la Ronda de Pamplona. Tramo San Jorge-Landaben'.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

Por Orden Foral 85/2009, de 20 de agosto, de la Consejera de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones, se procedió a la aprobación provisional del proyecto de construcción del "Desdoblamiento de la Ronda de Pamplona. Tramo San Jorge-Landaben", y se sometió a información pública la relación de bienes y derechos afectados.

El Servicio de Estudios y Proyectos informa que, transcurrido el plazo de información pública, se han recibido las siguientes alegaciones:

Alegación número 1.-Gerencia de Urbanismo del Ayuntamiento de Pamplona.

  1. Solicita que, aunque la glorieta denominada Avda. Navarra-Ofitas se encontraba realizada con anterioridad a la aprobación del vigente Plan Municipal de Pamplona, se estudie la posibilidad de realizar la glorieta en la situación que prevé el Plan Municipal de Pamplona o se alcance una solución que resuelva el enlace de mejor manera que la existente.

  2. Solicita que se complete la glorieta NA-700 (Orkoien) con una acera-bici perimetral y con los consiguientes pasos de peatones-ciclistas.

  3. Que se reubiquen, en la medida en que lo permita la legislación de carreteras, las líneas de alta tensión, colocándolas lo más cerca posible y paralelamente a la vía rodada.

  4. Que se tenga en cuenta la posible solicitud de los propietarios afectados por la expropiación en el sentido de poder obtenerse los terrenos con actas de reconocimiento del aprovechamiento urbanístico que se derivará del Plan de Conjunto Pamplona-Orkoien en el ámbito de San Macario.

    Contestación:

  5. El cambio de la glorieta existente al lugar previsto en el Plan Municipal de Pamplona se considera que, por su repercusión, excede del ámbito del proyecto.

    No obstante lo anterior, se han estudiado otras soluciones que mejoran el funcionamiento de la intersección. Se ha incluido en el proyecto un carril directo entre la Avenida de Navarra (viniendo de San Jorge) y el barrio de Buztintxuri. También se ha proyectado la ampliación de esta entrada a la glorieta, pasando de dos a tres carriles.

  6. Se acepta lo alegado. Se incluye en el proyecto un circuito, peatonal y de ciclistas, por el lado norte de la glorieta y que cruza la PA-30 mediante un paso de peatones regulado por semáforo.

  7. La nueva ubicación de las líneas de alta tensión, afectadas por las obras proyectadas, se han definido atendiendo a los criterios marcados por el Departamento de Fomento y Vivienda, y cuentan con el visto bueno de la compañía propietaria de las líneas eléctricas.

  8. Durante el periodo de información pública no ha habido solicitudes de los propietarios afectados por la expropiación en el sentido de que se puedan obtener los terrenos con actas de reconocimiento del aprovechamiento urbanístico.

    Alegación número 2.-Don Casimiro Larrea Ruiz, Alcalde del Ayuntamiento de Orkoien.

    Solicita que, para permitir el paso de los peatones de Orkoien a San Jorge a la altura de la glorieta, se incluya en el proyecto un paso peatonal con semáforo o una pasarela elevada.

    Este Ayuntamiento considera preferible la construcción de la pasarela elevada por suponer una mayor seguridad tanto para el peatón como para el conductor.

    En caso de que se ejecutase la solución del paso peatonal con semáforo, éste debería ubicarse próximo a la glorieta para asegurar su funcionalidad.

    Contestación:

    Se acepta lo alegado en el sentido de incluir en el proyecto un circuito, peatonal y de ciclistas, por el lado norte de la glorieta y que cruza la PA-30 mediante un paso de peatones regulado por semáforo.

    Debido a los cambios habidos en la relación de bienes y derechos afectados con motivo de los ajustes realizados en el proyecto de construcción, se publica la relación definitiva como Anexo a esta Orden Foral.

    De conformidad con lo previsto en el artículo 20.4 de la Ley Foral 5/2007, de 23 de marzo, de Carreteras de Navarra, procede la aprobación definitiva del proyecto.

    En su virtud, de conformidad con lo informado y propuesto por el Servicio de Estudios y Proyectos, y en uso de las de atribuciones conferidas por el artículo 2.2 del Decreto Foral 143/2011, de 24 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Fomento y Vivienda, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa,

    ORDENO:

  9. Resolver la fase de información pública del proyecto de construcción del "Desdoblamiento de la Ronda de Pamplona. Tramo San Jorge-Landaben" en el sentido expresado en la parte expositiva.

  10. Aprobar definitivamente el proyecto de construcción del "Desdoblamiento de la Ronda de Pamplona. Tramo San Jorge-Landaben", con un presupuesto de 5.389.432,53 euros, IVA incluido, así como la relación adjunta de bienes y derechos afectados por el mismo.

  11. Publicar la presente Orden Foral en el Boletín Oficial de Navarra y en la página web del Departamento y remitir el correspondiente anuncio a uno de los diarios de mayor circulación de la Comunidad Foral.

  12. Notificar la presente Orden Foral al Servicio de Estudios y Proyectos, a la Sección de Expropiaciones y a los alegantes, así como a los Ayuntamientos de Pamplona y Orkoien, instando su publicación en los tablones de anuncios respectivos.

  13. Señalar que contra la presente Orden Foral, que no agota la vía administrativa, los particulares podrán interponer recurso de alzada ante el Gobierno de Navarra, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su notificación, en su caso, o al de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

    No obstante lo dispuesto en el párrafo anterior, la presente Orden Foral agota la vía administrativa para las Administraciones Públicas, quienes podrán interponer contra ella recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de su notificación, en su caso, o al de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra, sin perjuicio de poder efectuar el requerimiento previo ante el Gobierno de Navarra en la forma y plazo determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

    Pamplona, 16 de marzo de 2012.-El Consejero de Fomento y Vivienda, Anai Astiz Medrano.

    ANEXOProyecto de construcción del "Desdoblamiento de la ronda de Pamplona. Tramo San Jorge-Landaben"Ocupaciones definitivas dominio público:Relación concreta e individualizada de bienes y derechos afectados:
    FINCA N.º PROPIETARIO Y DOMICILIO SUPERFICIE EXPROPIADA m² CATASTRO CULTIVO
    POL. PARC.
    TÉRMINO MUNICIPAL DE PAMPLONA
    PA-1 Ferrer Irurzun, Emiliac/ Alcalá, 165-4. º D (Madrid)Ferrer Irurzun, Inesc/ Hermosilla, 102-2.º B (Madrid)Garcia de Fernando Ferrer, Emilioc/ Aoiz, 20-2 (Pamplona)Garcia de Fernando Ferrer, Inesc/ Aoiz, 20-2 (Pamplona)Garcia de Fernando Ferrer, M.ª Pilarc/ Yanguas y Miranda, 5-5.º (Pamplona) 136 7 2392 Pastos
    PA-1.1 Ayuntamiento de PamplonaPlza. Consistorial, s /n (Pamplona) 1.919 7 2686 Suelo
    PA-2 Beriain Olave, JesusBeriain Olave, Jose MariaBeriain Olave, María Socorroc/ San Marcial, 29 (Artica) 501 7 2391 T. Labor Secano
    PA-3 Munarriz Mina, María Jesusc/ Sancho el Fuerte, 53-1.º B (Pamplona) 347 7 2390 T. Labor Secano
    PA-4 Beriain Olave, JesusBeriain Olave, Jose MariaBeriain Olave, María Socorroc/ San Marcial, 29 (Artica) 489 7 2389 T. Labor Secano
    PA-5 Huici Dutor, Jose AntonioAvda. Barañain,
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