DECRETO FORAL 50/2009, de 4 de mayo, por el que se modifica la estructura orgánica del Departamento de Asuntos Sociales, Familia, Juventud y Deporte y los Estatutos de la Agencia Navarra para la Dependencia.

Fecha de Entrada en Vigor25 de Mayo de 2009
SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyDecreto foral

Mediante Decreto Foral 125/2007, de 3 de septiembre, se aprobó la estructura orgánica del Departamento de Asuntos Sociales, Familia, Juventud y Deporte.

A su vez, mediante Decreto Foral 184/2007, de 10 de septiembre, se aprobaron los Estatutos del Organismo Autónomo denominado Agencia Navarra para la Dependencia (ANDEP) que, dependiendo de la Dirección General de Asuntos Sociales y Cooperación al Desarrollo, nació con la vocación de estructurar y reorganizar los modelos de gestión de los recursos sociales destinados a la atención a las personas en situación de dependencia o en riesgo de estarlo.

La experiencia acumulada a lo largo de año y medio de funcionamiento ha puesto de manifiesto la necesidad de proceder a diversas modificaciones en la estructura orgánica correspondiente a dichos ámbitos:

En primer lugar, el aumento de las necesidades de información detectadas como consecuencia de la entrada en vigor de la Cartera de Servicios Sociales y del nuevo sistema de garantía de derechos, hacen aconsejable trasladar la Sección de Información desde la Agencia Navarra para la Dependencia a la Dirección General de Asuntos Sociales y Cooperación al Desarrollo, extendiendo con ello su ámbito orgánico de actuación a toda esta unidad.

En segundo lugar, la puesta en marcha de los nuevos procedimientos de gestión derivados del Programa Individualizado de atención (PIA), han puesto de manifiesto la necesidad de una reorganización estructural que permita una gestión unificada del conjunto de procedimientos de acceso, valoración, gestión y derivación a las prestaciones a las que las personas en situación de dependencia tienen derecho conforme a la Cartera de Servicios Sociales de Ámbito General.

Por otra parte, la necesidad de una más racional distribución de las tareas de la Secretaría General Técnica, hace necesaria una restructuración de las dos secciones que dentro de la misma desarrollan funciones de carácter jurídico y administrativo, lo que implica una redistribución de las funciones atribuidas a cada una de ellas, así como el cambio de denominación de las mismas ajustándose a la nueva situación.

Finalmente, se ha estimado necesario proceder a la desconcentración de las facultades sancionadoras de la Consejera de Asuntos Sociales, Familia, Juventud y Deporte en materia de Consumo en la Directora General de Familia, Infancia y Consumo, en aras a una mayor agilidad y eficacia en la tramitación administrativa de los expedientes correspondientes.

En su virtud, a propuesta de la Consejera de Asuntos Sociales, Familia, Juventud y Deporte, y de conformidad con la decisión adoptada por el Gobierno de Navarra en sesión celebrada el día cuatro de mayo de dos mil nueve,

DECRETO:

Artículo 1 Modificación del Decreto Foral 125/2007, de 3 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Asuntos Sociales, Familia, Juventud y Deporte.

Se modifican los artículos 9, 39, 40 y 42, así como la Disposición Adicional Segunda del Decreto Foral 125/2007, de 3 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Asuntos Sociales, Familia, Juventud y Deporte y se añade al mismo el artículo 26 bis), quedando redactados de la manera siguiente:

Uno.-"Artículo 9. Estructura de la Dirección General de Asuntos Sociales y Cooperación al Desarrollo.

  1. La Dirección General de Asuntos Sociales y Cooperación al Desarrollo se estructura en los siguientes Servicios:

    1. Servicio de Planificación e Infraestructuras.

    2. Servicio de Calidad e Inspección.

    3. Servicio de Incorporación Social.

    4. Servicio de Coordinación y Cooperación con las Entidades Locales.

    5. Servicio de Cooperación Internacional al Desarrollo.

  2. De la Dirección General de Asuntos Sociales y Cooperación al Desarrollo depende, además, directamente, la Sección de Información.

  3. Así mismo queda adscrito a la Dirección General de Asuntos Sociales y Cooperación el organismo autónomo competente en materia de dependencia."

    Dos.-"Artículo 26 bis. Ámbito material y funcional de competencias de la Sección de Información.

    La Sección de Información, dentro del ámbito de competencia material de asuntos sociales y cooperación al...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR