ORDEN FORAL 194/2010, de 5 de marzo, del Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, por la que se crea un fichero informatizado bajo la denominación de Registro Integral de Expedientes de Violencia de Género.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

La Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, en su artículo 20 dispone que la creación, modificación o supresión de los ficheros de las Administraciones Públicas sólo podrá hacerse por medio de disposición general publicada en el Boletín Oficial del Estado o Diario oficial correspondiente.

Por Decreto Foral 143/1994, de 26 de julio, se regulan los ficheros informatizados con datos de carácter personal dependientes de los órganos de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y de sus organismos Autónomos.

Se considera necesario la creación del fichero con denominación: Registro Integral de Expedientes de Violencia de Género, dada su inexistencia en el Decreto Foral 143/1994, de 26 de julio, ya que en el momento de su promulgación, no se había adoptado todavía el Acuerdo Interinstitucional para la Atención Integral a Mujeres Víctimas de Maltrato Doméstico y/o Agresiones Sexuales, de 16 de mayo de 2002, ni, por tanto, la Comisión de Seguimiento de dicho Acuerdo, creada por Decreto Foral 90/2006, de 18 de diciembre.

Por otra parte, el artículo 2 del Decreto Foral 143/1994, señala que "la modificación de las características de los ficheros existentes, así como su cancelación, y la creación de nuevos ficheros se llevará a cabo por Orden Foral del Consejero del Departamento del que depende o al que esté adscrita la unidad responsable del fichero".

Visto el informe del Servicio Social de Justicia, en el que se propone la creación de un nuevo fichero informatizado de gestión integral de expedientes de violencia de género.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 2 del Decreto Foral 143/1994, de 26 de julio, en lo que concierne al procedimiento de creación de nuevos ficheros informatizados,

ORDENO:

  1. Autorizar la creación del fichero denominado Registro Integral de Expedientes de Violencia de Género.

    1. Finalidad y usos previstos.

      Gestión homogénea y unitaria de los expedientes de violencia de género, violencia doméstica y agresiones sexuales, en todas las instancias intervinientes, ofreciendo con ello una asistencia integral a las víctimas de tales delitos y explotación de información consolidada.

    2. Personas o colectivos afectados.

      Todas las mujeres que residan habitualmente en la Comunidad Foral de Navarra y cualesquiera otras que sufran un delito de violencia de género, violencia doméstica o agresión sexual, así como los autores de dichos delitos.

    3. Procedimiento de recogida de datos.

      De la...

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