ORDEN FORAL 58/2004, de 19 de abril, del Consejero de Agricultura,Ganadería y Alimentación, por la que se regulan las ayudas para elaño 2004, a superficies de frutos de cáscara, ubicadas en laComunidad Foral de Navarra.
Sección | I - Comunidad Foral de Navarra |
Rango de Ley | Orden foral |
ORDEN FORAL 58/2004, de 19 de abril, del Consejero de Agricultura, Ganadería y Alimentación, por la que se regulan las ayudas para el año 2004, a superficies de frutos de cáscara, ubicadas en la Comunidad Foral de Navarra.
El Reglamento número 1782/2003 del Consejo de 29 de septiembre, por el que se establecen disposiciones comunes aplicables a los regímenes de ayuda directa en el marco de la política agrícola común y se instauran determinados regímenes de ayuda a los agricultores y por el que se modifican los Reglamentos (CEE) número 2019/93, (CE) número 1452/2001, (CE) número 1453/2001, (CE) número 1454/2001, (CE) número 1686/94, (CE) número 1251/99, (CE) número 1452/2001, (CE) número 1254/99, (CE) número 1452/2001, (CE) número 1673/2000, (CEE) número 2358/71, (CE) número 2529/2001, prevee en el capítulo IV del Título IV ayudas por superficie a los frutos de cáscara. El Reglamento (CE) número 2237/2003, de la Comisión, de 23 de diciembre, establece en su capítulo V normas de aplicación de dichas ayudas.
La Orden APA 717/2004, de 17 de marzo de 2004, por la que se establece la normativa para la concesión de las ayudas a determinadas superficie de frutos de cáscara y algarrobas para el año 2004, regula las bases para la concesión de la ayuda a las plantaciones de almendras, avellanas, nueces, pistachos y algarrobas en aplicación de los Reglamentos mencionados en el párrafo anterior. El artículo 4 de la Orden, dice que las Comunidades Autónomas en cuyo territorio existan plantaciones de frutos de cáscara que reúnan los requisitos del artículo 3 de la mencionada Orden, podrán sufragar una ayuda por hectárea y año que, sumada a la aportación del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, no podrá rebasar la cantidad de 120,75 euros por hectárea.
Por todo ello, y sin perjuicio de la aplicabilidad directa de los aspectos contemplados en la Orden APA 717/2004, de 17 de marzo de 2004, la presente disposición se dicta para regular las condiciones que se deberán cumplir en la Comunidad Foral de Navarra para acceder a estas ayudas, así como las derivadas de su gestión y control.
En consecuencia, en el ejercicio de las facultades que me han sido atribuidas por el artículo 36.2 de la Ley Foral 23/1983, de 11 de abril, reguladora del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra,
ORDENO:
Esta Orden Foral tiene por objeto establecer...
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