ORDEN FORAL 141/2011, de 21 de diciembre, de la Consejera de Salud, por la que se crean tres ficheros informatizados y manuales bajo la denominación de Expedientes Sancionadores, Responsabilidad Patrimonial, y Recursos Administrativos y Judiciales de la Dirección General de Salud y del Instituto Navarro de Salud Laboral.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

La Secretaría General Técnica ha informado que es precisa la creación de tres ficheros informatizados y manuales, denominados Expedientes Sancionadores, Responsabilidad Patrimonial, y Recursos Administrativos y Judiciales, que contengan la información relativa a los expedientes que se tramitan en esa unidad referentes a las actuaciones de la Dirección General de Salud y del Instituto Navarro de Salud Laboral.

Por Decreto Foral 143/1994, de 26 de julio, se regulan los ficheros informatizados con datos de carácter personal dependientes de los órganos de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus Organismos Autónomos. En este Decreto Foral se aprueban como ficheros de tratamiento automatizado de datos de carácter personal los existentes en la fecha de promulgación del mismo, que figuran en la relación unida como documento anexo. El artículo 2 del mismo Decreto Foral prevé que la creación de nuevos ficheros se llevará a cabo por Orden Foral del Consejero del Departamento del que depende o al que esté adscrita la unidad responsable del fichero.

De acuerdo con lo expuesto, la Secretaría General Técnica ha presentado una propuesta de Orden Foral para la creación de los ficheros denominados Expedientes Sancionadores, Responsabilidad Patrimonial y Recursos Administrativos y Judiciales, referentes a actuaciones de la Dirección General de Salud y del Instituto Navarro de Salud Laboral, a fin de posibilitar la gestión eficiente de los expedientes correspondientes a dichas materias y cumplir con las disposiciones de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.

En consecuencia, de conformidad con la propuesta presentada por la Secretaría General Técnica, y de acuerdo con las atribuciones que me han sido conferidas por el artículo 41 de la Ley Foral 14/2004, de 3 de diciembre, del Gobierno de Navarra y de su Presidente,

ORDENO:

  1. Crear, en aplicación del artículo 2 del Decreto Foral 143/1994, de 26 de julio, el fichero denominado: Expedientes Sancionadores.

    1. Finalidad y usos previstos.

      -Gestión y control de los expedientes sancionadores que se tramitan en el Departamento de Salud.

    2. Personas o colectivos afectados.

      Personas físicas que son objeto de los expedientes sancionadores por vulneración de normas sanitarias.

    3. Procedimiento de recogida de datos.

      Los datos serán facilitados por las unidades que proponen la incoación de los expedientes sancionadores, de acuerdo con la información constatada...

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