DECRETO FORAL 56/2009, de 22 de junio, por el que se modifica el Decreto Foral 122/2007, de 3 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Educación.

Fecha de Entrada en Vigor29 de Junio de 2009
SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyDecreto foral

Mediante el Decreto Foral 122/2007, de 3 de septiembre, se estableció la estructura orgánica del Departamento de Educación, que recogía todos los órganos del mismo hasta el nivel de Sección, con su adscripción y funciones.

Este Decreto Foral tiene por objeto, por un lado, la reorganización de dos de los Servicios de la Dirección General de Ordenación, Calidad e Innovación, y por otro lado, la creación de una nueva Sección dedicada específicamente a la modernización en el Departamento de Educación.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Educación y de conformidad con lo decidido por el Gobierno de Navarra en sesión celebrada el día 22 de junio de dos mil nueve,

DECRETO:

Artículo único Modificación del Decreto Foral 122/2007, de 3 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Educación.
  1. Se modifica el artículo 9, que queda redactado con el siguiente contenido:

    "Artículo 9. Estructura de la Dirección General de Ordenación, Calidad e Innovación.

    La Dirección General de Ordenación, Calidad e Innovación se estructura en los siguientes Servicios:

    1. Servicio de Ordenación Académica.

    2. Servicio de Diversidad, Orientación y Multiculturalidad.

    3. Servicio de Formación e Innovación Educativa.

    4. Servicio de Planificación Lingüística Escolar."

  2. Se modifica el Título de la Sección 2.ª, que pasa a denominarse "Servicio de Ordenación Académica".

  3. Se modifica el artículo 10, que queda redactado con el siguiente contenido:

    Artículo 10. Funciones del Servicio de Ordenación Académica.

    El Servicio de Ordenación Académica ejercerá, con relación a las materias propias de su ámbito de gestión, las funciones previstas en este Decreto Foral, y específicamente las siguientes:

    -El estudio y propuesta del desarrollo normativo requerido por el sistema educativo vigente.

    -La elaboración y propuesta de la normativa académica y organizativa.

    -El registro, catálogo y archivo de la normativa aprobada por las Administraciones a nivel estatal y autonómico.

    -La tramitación y resolución de las propuestas de expedición de títulos académicos y convalidación de estudios.

    -La expedición de certificaciones académicas así como la tramitación y, en su caso, la resolución de los expedientes de homologación de títulos y convalidación de estudios.

    -El Registro de Estudios y Especialidades, así como el de Diplomas y títulos.

    -La elaboración y actualización de los contenidos curriculares de los distintos niveles, etapas y modalidades de las enseñanzas escolares.

    -El estudio y análisis de los libros de texto y demás materiales curriculares.

    -La planificación y desarrollo del primer ciclo de la Educación Infantil.

    -La planificación y desarrollo de la Educación de personas adultas.

    -Cualesquiera otras que le atribuyan las disposiciones en vigor o se le encomienden, dentro de su ámbito de gestión, para el adecuado cumplimiento de sus fines.

  4. Se modifica el artículo 11, que queda redactado con el siguiente contenido:

    "Artículo 11. Estructura del Servicio de Ordenación Académica.

    El Servicio de Ordenación Académica se estructura en las siguientes Secciones:

    1. Sección de Ordenación y Títulos.

    2. Sección de Educación de Personas Adultas.

    3. Sección de Primer Ciclo de Educación Infantil.

  5. Se modifica el artículo 12, que queda redactado con el siguiente contenido:

    Artículo 12. Funciones de la Sección de Ordenación y Títulos.

    La Sección de Ordenación y Títulos ejercerá con relación a las materias propias de su ámbito de gestión, las funciones previstas en este Decreto Foral y específicamente las siguientes:

    -El estudio y propuesta de desarrollo normativo requerido por el sistema educativo vigente.

    -La elaboración y propuesta de la normativa académica y organizativa.

    -El registro, catálogo y archivo de la normativa aprobada por las Administraciones educativas a nivel estatal y autonómico.

    -La tramitación y resolución de las propuestas de expedición de títulos académicos y convalidación de estudios.

    -La expedición de certificaciones académicas así como la tramitación y, en su caso, la resolución de los expedientes de homologación de títulos y convalidación de estudios.

    -La gestión del Registro de Estudios y Especialidades así como de Diplomas y Títulos.

    -La elaboración y actualización de los currículos de las enseñanzas que constituyen el ámbito de gestión de la Dirección General de Ordenación, Calidad e Innovación.

    -La instrucción de los expedientes administrativos correspondientes a las materias que tiene atribuidas.

    -Cualesquiera otras que se le encomienden dentro de su ámbito de gestión, para el adecuado...

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