ORDEN FORAL 200/2016, de 19 de abril, del Consejero de Derechos Sociales, por la que se aprueba la convocatoria de ayudas económicas para el acceso de personas mayores a comedores para el año 2016, así como el procedimiento para la selección de entidades colaboradoras en la gestión de las mismas.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

La Ley Foral 15/2006, de 14 de diciembre, de Servicios Sociales, establece en su artículo 2 que las actuaciones de los poderes públicos en materia de servicios sociales tendrán como objetivos esenciales, entre otros, mejorar la calidad de vida y promover la normalización, participación e integración social, política, económica, laboral, cultural y educativa de todas las personas, promover la autonomía personal, familiar y de los grupos, fomentar la cohesión social y la solidaridad, prevenir y atender las situaciones de exclusión de las personas y de los grupos, así como atender las necesidades derivadas de la dependencia y de la carencia de recursos básicos, disponiendo que el instrumento en el que se establecerán las prestaciones del sistema público de servicios sociales será la Cartera de Servicios Sociales.

El Decreto Foral 69/2008, de 17 de junio, aprueba la Cartera de Servicios Sociales de Ámbito General. El Anexo II de dicho Decreto Foral, referido a las “Prestaciones no garantizadas”, incluye entre las prestaciones destinadas a la atención de personas mayores, la ayuda económica para comedores. Constituye el objeto de dicha prestación ayudar económicamente a las personas mayores con el fin de ofrecerles un menú equilibrado, a precios asequibles, en comedores.

Por lo tanto, es objeto de la presente convocatoria facilitar a las personas mayores con escasos recursos económicos el acceso a comedores, con la finalidad de asegurar la ingesta diaria de una dieta equilibrada, fomentando de esta manera la permanencia en su propio entorno con una adecuada calidad de vida, potenciando la promoción de la autonomía y previniendo las situaciones de dependencia.

La Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones, establece el régimen jurídico general aplicable a las subvenciones otorgadas con cargo a los Presupuestos Generales de Navarra para el fomento de actividades de utilidad pública o de interés social.

El artículo 17.1 in fine de esta Ley Foral regula el régimen de concesión de evaluación individualizada, definiendo como tal aquel en el que la normativa o las bases reguladoras establecen los criterios para evaluar las solicitudes y asignarles la subvención con la intensidad que resulte de dicha evaluación, siendo tramitados y resueltos los expedientes conforme se vayan presentando y en tanto se disponga de crédito presupuestario para ello.

Así mismo, la citada ley contempla la figura de la Entidad Colaboradora para la gestión de las subvenciones obligando, cuando se trate de personas sujetas a derecho privado, a que la selección de las mismas, se realice mediante un procedimiento sometido a los principios de publicidad, concurrencia, igualdad y no discriminación.

Por Decreto Foral 172/2015, de 3 de septiembre, se ha aprobado los Estatutos de la Agencia Navarra de Autonomía y Desarrollo de las Personas, otorgándosele a este organismo competencias sobre la materia que afecta a la presente convocatoria.

Vistos los informes técnicos y jurídicos obrantes en el expediente, que ponen de manifiesto la oportunidad e interés público de la aprobación de la presente convocatoria, así como la legalidad de la misma y sus correspondientes bases reguladoras.

En consecuencia, en virtud de las facultades que me han sido atribuidas por la Ley Foral 14/2004, de 3 de diciembre, del Gobierno de Navarra y de su Presidente y por el Decreto Foral 128/2015, de 28 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Derechos Sociales,

ORDENO:

  1. Aprobar la convocatoria de ayudas económicas para el acceso de personas mayores a comedores para el año 2016, y las bases por las que se regirá la misma, que se adjuntan como anexo I a la presente Orden Foral.

  2. Aprobar las bases del procedimiento para la selección de entidades colaboradoras en la gestión de las ayudas económicas para el acceso de personas mayores a comedores, que se adjuntan como anexo II a la presente Orden Foral.

  3. Autorizar un gasto de 36.000 euros con cargo a la partida presupuestaria 920005 93100 4809 231B02 denominada “Subvención a comedores”, correspondiente al presupuesto de gastos del año 2016.

  4. Publicar esta Orden Foral en el Boletín Oficial de Navarra, a los efectos oportunos.

  5. Trasladar esta Orden Foral a la Sección de Programas y Gestión de Subvenciones de la Agencia Navarra de Autonomía y Desarrollo de las Personas, al Centro Contable de la Sección de Gestión Económica y Presupuestaria y al Negociado de Asuntos Administrativos de la Secretaría General Técnica, así como a la Base de Datos Nacional de Subvenciones, a los efectos oportunos.

Pamplona, 19 de abril de 2016.–El Consejero de Derechos Sociales, Miguel Laparra Navarro.

ANEXO I

Bases reguladoras de la convocatoria de ayudas económicas para el acceso de personas mayores a comedores para el año 2016

  1. Objeto.

    Esta convocatoria tiene por objeto la concesión de ayudas económicas a personas mayores con escasos recursos económicos, para facilitar su acceso a comedores.

  2. Convenios de colaboración con Entidades Colaboradoras.

    La Agencia Navarra de Autonomía y Desarrollo de las Personas formalizará acuerdos de colaboración con entidades colaboradoras, seleccionadas según el procedimiento establecido en el Anexo II, en el que se concretan los términos y condiciones de dicha colaboración, según lo estipulado en el artículo 11 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre de subvenciones.

  3. Personas beneficiarias y requisitos.

    3.1. Serán personas beneficiarias de las ayudas reguladas en la presente convocatoria, de conformidad con lo dispuesto en el apartado A-14 (“Ayuda económica para comedores”) del Anexo II del Decreto Foral 69/2008, 17 de junio, por el que se aprueba la Cartera de Servicios Sociales de Ámbito General:

    Las personas mayores y sus cónyuges, parejas estables o personas con relación...

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