RESOLUCIÓN 361/2014, de 23 de julio, del Director General de Educación, Formación Profesional y Universidades, por la que se regula el procedimiento para la elaboración, validación y pilotaje de los exámenes unificados, así como la organización de las sesiones de estandarización y reparto de tareas durante el curso 2014-15.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyResolución

Los currículos y organización las enseñanzas de idiomas que establece la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, se establecen, para Navarra, mediante los decretos forales 22/2007, de 19 de marzo, y 58/2008, de 2 de junio.

Las órdenes forales 88/2007, de 4 de julio, y 149/2008, de 11 de septiembre, establecen que la certificación de estos niveles estará condicionada a la superación de una prueba específica que será única y que garantizará la consecución de los objetivos previstos para cada nivel. Se establece, además, que la prueba para cada idioma se aplicará de forma simultánea en convocatoria única, a excepción de la prueba de expresión oral, para la que se convocará el oportuno calendario de desarrollo.

Con el fin de garantizar pruebas de evaluación objetivas, de calidad y conformes a las especificaciones correspondientes para los diferentes niveles de las enseñanzas de idiomas, el Servicio de Idiomas y Enseñanzas Artísticas establece el procedimiento y calendario para su elaboración y validación durante el curso 2014-15.

En virtud de las facultades conferidas en el artículo 8 c) del Decreto Foral 132/2011, de 24 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Educación,

RESUELVO:

  1. Autorizar el procedimiento para la elaboración, validación y pilotaje de los exámenes unificados, así como la organización de las sesiones de estandarización que deberá realizar el profesorado de las Escuelas Oficiales de Idiomas durante el curso escolar 2014-2015, que figura como Anexo 1.º de esta Resolución.

  2. Autorizar el reparto de tareas correspondientes a los departamentos de idiomas de las escuelas oficiales de idiomas para la elaboración de las pruebas certificativas, que figura como Anexo 2.º de esta Resolución.

  3. Designar a la EOIDNA para la coordinación del proceso de elaboración, validación y pilotaje de los exámenes unificados de escuelas oficiales de idiomas, así como para la de las sesiones de estandarización de criterios de corrección de los mismos.

  4. Contra la presente Resolución cabe interponer Recurso de Alzada ante el Consejero del Departamento de Educación en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación.

  5. Trasladar la presente Resolución y sus Anexos a los Servicios de Idiomas y Enseñanzas Artísticas, de Inspección Educativa y de Recursos Humanos; a las Secciones de Ordenación Académica y de Inglés y Otras Lenguas Extranjeras; al Negociado de Escuelas de Idiomas y Acreditación; y a las Escuelas Oficiales de Idiomas de Navarra y centros interesados, a los efectos oportunos.

  6. Publicar la presente Resolución junto con sus Anexos en el Boletín Oficial de Navarra y en la página web http://www.educacion.navarra.es/portal , del Departamento de Educación.

Pamplona, 23 de julio de 2014.–El Director General de Educación, Formación Profesional y Universidades, David Herreros Sota.

ANEXO 1º

Instrucciones por las que se regula la elaboración, validación y pilotaje de los exámenes unificados de escuelas oficiales de idiomas, así como la organización de las sesiones de estandarización de los criterios de corrección de los mismos.

La elaboración de las pruebas certificativas de escuelas oficiales de idiomas es un proceso en el que participan los departamentos de las tres escuelas, conforme a lo siguiente:

  1. Redacción de tareas.

    1. Pruebas de Nivel Básico.

      La certificación del Nivel Básico estará condicionada a la superación del proceso de evaluación continua en la convocatoria ordinaria, tal y como se especifica en la Orden Foral 78/2008, de 28 de mayo.

      Los jefes de departamento seleccionarán, para cada uno de los idiomas, al docente que, por su implicación directa en la docencia de esos niveles, se estime como más idóneo para la preparación de las prueba, supervisarán el proceso de elaboración y darán el visto bueno a las pruebas definitivas, que, en el caso de Nivel Básico (A2), deberán ajustarse a las especificaciones en vigor.

    2. Pruebas certificativas de Nivel Intermedio.

      La certificación del Nivel Intermedio requiere la superación de una prueba terminal específica, que será única para todas las escuelas de idiomas.

      2.1. Para el curso 2014-2015 se elaborarán las siguientes pruebas para las convocatorias de junio y septiembre de 2015, a partir de pruebas anteriores procedentes del banco de tareas ya utilizadas, o del banco de tareas nuevas de reserva, siguiendo para ello el reparto de tareas que figura en el anexo a esta instrucción:

      Elaboración de dos pruebas completas de Nivel Intermedio para los idiomas alemán, euskera, francés e italiano y tres pruebas completas para el idioma inglés. Las pruebas resultantes deberán ajustarse a las especificaciones en vigor.

      2.2. Durante curso 2014-2015 se elaborarán, siguiendo para ello el reparto de tareas que figura en el anexo a esta instrucción, las siguientes pruebas para las convocatorias de junio y septiembre de 2016:

      Redacción de dos pruebas completas de nueva factura de Nivel Intermedio para los idiomas alemán, euskera, francés e italiano y tres pruebas completas para el idioma inglés. Las pruebas resultantes deberán ajustarse a las especificaciones en vigor.

    3. Pruebas de Nivel Avanzado.

      3.1. Promoción al segundo curso del Nivel Avanzado.

      La promoción al segundo curso del Nivel Avanzado estará condicionada a la superación del proceso de evaluación continua en la convocatoria ordinaria.

      Los jefes de departamento seleccionarán, para cada uno de los idiomas, al docente que, por su implicación directa en la docencia de esos niveles, se estime como más idóneo para la preparación de las prueba, supervisarán el proceso de elaboración y darán el visto bueno final a la prueba.

      3.2. Pruebas certificativas del Nivel Avanzado.

      La certificación del Nivel Avanzado requiere la superación de una prueba terminal específica, única para todas las escuelas de idiomas de Navarra.

      3.2.1. Para el curso 2014-2015 se elaborarán a partir de pruebas anteriores procedentes del banco de tareas ya utilizadas o del banco de tares nuevas de reserva, siguiendo para ello el reparto de tareas que figura en el anexo a esta instrucción, las siguientes pruebas para las convocatorias de junio y septiembre de 2015:

      Elaboración de dos pruebas completas de Nivel Avanzado para los idiomas alemán, euskera, francés e italiano y tres pruebas completas para el idioma inglés. Las pruebas resultantes deberán ajustarse a las especificaciones en vigor.

      3.2.2. Durante el curso 2014-2015 se elaborarán las siguientes pruebas para las convocatorias de junio y septiembre de 2016, teniendo en cuenta el reparto de tareas que figura como anexo a estas instrucciones:

      Redacción de dos pruebas completas de nueva factura de Nivel Avanzado (B2) para los idiomas alemán, euskera, francés, inglés e italiano. Las pruebas resultantes deberán ajustarse a las especificaciones en vigor.

    4. Pruebas de Nivel C1.

      La certificación del Nivel C1 requiere la superación de una prueba terminal específica, única para todas las escuelas de idiomas de Navarra.

      4.1. Para el curso 2014-2015 se elaborarán a partir de pruebas anteriores procedentes del banco de tareas ya utilizadas o del banco de tares nuevas de reserva, siguiendo para ello el reparto de tareas que figura en el anexo a esta instrucción, las siguientes pruebas para las convocatorias de junio y septiembre de 2015:

      Elaboración de dos pruebas completas de Nivel C1 para los idiomas alemán, euskera, francés e italiano y tres pruebas completas para el idioma inglés. Las pruebas resultantes deberán ajustarse a las especificaciones en vigor.

      4.2. Durante el curso 2014-2015 se elaborarán las siguientes pruebas para las convocatorias de junio y septiembre de 2016, de acuerdo con el reparto de tareas que se especifica en el anexo a esta instrucción:

      Redacción de dos pruebas completas de alemán, euskera, francés e inglés por las escuelas de Pamplona y Tudela.

    5. Soportes para las pruebas de expresión oral.

      Se elaborarán cinco soportes para cada una de las tareas de las pruebas de expresión oral (monólogo e interacción) de los niveles Intermedio, Avanzado y C1 de los idiomas alemán, euskera, francés e inglés, de acuerdo con el siguiente reparto:

      –Nivel Intermedio. EOIDNA.

      –Nivel Avanzado. EOIT.

      –Nivel C1. EOIP.

      Para el idioma italiano, la EOIP elaborará el mismo número de soportes para los niveles Intermedio y Avanzado.

  2. Validación de las pruebas certificativas.

    1. Las tareas de validación de pruebas tienen como objeto garantizar el desarrollo y cumplimiento del proceso de elaboración y pilotaje de las pruebas certificativas, dentro del marco común de funcionamiento establecido en cuanto a criterios de reparto de tareas y al calendario de actuaciones para 2014-2015.

    2. El profesorado de la EOIDNA que tenga entre sus funciones la validación de los niveles certificativos garantizará, bajo la supervisión del equipo directivo, la actuación coordinada de las tres escuelas oficiales de idiomas de Navarra en el proceso de elaboración y pilotaje de las pruebas certificativas, siendo además responsable de que éste se pueda cumplir dentro...

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