ORDEN FORAL 21/2001, de 7 de febrero, del Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, por la que se crean dos becas de prácticas profesionales para graduados universitarios en el Archivo Administrativo de Navarra.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

ORDEN FORAL 21/2001, de 7 de febrero, del Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, por la que se crean dos becas de prácticas profesionales para graduados universitarios en el Archivo Administrativo de Navarra.

Vista la propuesta del Servicio de Régimen Interior de creación de dos becas de prácticas profesionales para graduados universitarios a disfrutar en el Archivo Administrativo de Navarra, lo que contribuirá eficazmente a la formación de jóvenes titulados que de este modo tendrán la oportunidad de adquirir una valiosa experiencia profesional, pudiendo verse beneficiado el propio Archivo Administrativo con esta labor de formación en los temas concretos que se les encomienda.

En virtud de lo dispuesto en el artículo 44.5.b) de la Ley Foral 19/2000, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales de Navarra para el ejercicio de 2001,

ORDENO:

  1. Crear dos becas de prácticas profesionales para graduados universitarios, a disfrutar en el Archivo Administrativo de Navarra, dependiente del Servicio de Régimen Interior del Departamento de Presidencia, Justicia e Interior, para realizar prácticas en materias relacionadas con los archivos administrativos, técnicas de organización documental y documentalismo, recepción y transferencias de fondos documentales, servicio de consultas y atención a consultores, y demás tareas complementarias.

  2. El Archivo Administrativo de Navarra pondrá a disposición de los becarios la documentación y otros medios materiales que se consideren de interés para el buen desarrollo de las prácticas.

  3. Los estudios y trabajos que se desarrollen durante el período de prácticas serán dirigidos y supervisados por el personal y responsable del Archivo Administrativo, que asimismo encomendarán las tareas concretas, fijarán los horarios y vigilarán el cumplimiento de las obligaciones por parte de los becarios.

  4. Los aspirantes deberán estar en posesión del título de Licenciado Universitario, con antigüedad no superior a tres años, residir en Navarra en el momento de la convocatoria y ser menores de 28 años. No podrán optar quienes hayan sido beneficiarios ya de otras becas del Gobierno de Navarra para prácticas profesionales.

  5. Las becas convocadas podrán solicitarse dentro de los 15 días naturales siguientes al de la publicación de esta Orden Foral en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

  6. Los solicitantes presentarán en el Registro General del Gobierno de Navarra, situado en el calle...

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