DECRETO FORAL 91/2005, de 27 de junio, por el que se establece la división del Sector II del área regable del Canal de Navarra en dos sectores denominados Sector II.1 y Sector II.2.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyDecreto foral

DECRETO FORAL 91/2005, de 27 de junio, por el que se establece la división del Sector II del área regable del Canal de Navarra en dos sectores denominados Sector II.1 y Sector II.2.

Por medio del Decreto Foral 170/2004, de 5 de abril, se aprobó la actuación en Infraestructuras Agrícolas mediante la concentración parcelaria y la transformación en regadío del Sector II del área regable del Canal de Navarra en los municipios de Añorbe, Artajona, Larraga, Mendigorría, Obanos y Puente La Reina y declaró su utilidad pública y urgente ejecución, habiéndose previsto su toma en el tramo 18 del Canal de Navarra.

Durante la elaboración de las Bases de Concentración y el desarrollo de los cálculos hidráulicos del Proyecto Básico correspondientes al Sector II, se ha puesto de manifiesto la conveniencia, por criterios de economía y de funcionalidad, de dividirlo en dos sectores con tomas del Canal y redes de riego diferenciadas.

Esta diferenciación se refleja tanto en la localización territorial como en el distinto coste y gestión del agua lo que hace necesaria la separación en dos Comunidades de Regantes.

La denominación, el ámbito geográfico y la situación de las tomas para cada uno de los dos sectores son:

_Sector II.1. Zonas de Añorbe, Obanos y Puente La Reina. Toma situada en el tramo 5 del Canal.

_Sector II.2. Zonas de Artajona, Larraga y Mendigorría. Toma situada en el tramo 18 del Canal.

En consecuencia, a propuesta del Consejero de Agricultura, Ganadería y Alimentación, y de conformidad con la decisión adoptada por el Gobierno de Navarra de Navarra en sesión celebrada el día 27 de junio de 2005,

DECRETO:

  1. Aprobación.

    Se aprueba la división del Sector II del área regable del Canal de Navarra en dos sectores denominados Sector II.1 y Sector II.2

  2. Descripción del ámbito de los Sectores II.1 y II.2.

    _El Sector II.1. Tiene una superficie aproximada de 1.500 hectáreas de las que se transformarán en regadío unas 1200.

    Los límites provisionales del Sector II.1 están determinados de la siguiente forma:

    Norte._Divisoria norte del barranco de Nekeas y altos de Cortaburu (Puente La Reina).

    Este._Carretera Na-6.020, de Artajona a Peralta.

    Oeste._Río Arga.

    Sur._Río Arga y límite sur de los municipios de Puente La Reina, Obanos, Añorbe y carretera Na-6.020.

    _El Sector II.2. Comprende una superficie aproximada de 4.600 hectáreas de las que se transformarán en regadío unas 3.350.

    Los límites provisionales del Sector II.2 están...

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