ORDEN FORAL 89/2013, de 10 de octubre, del Consejero de Educación, por la que se establece la obligatoriedad de seguir el procedimiento administrativo electrónico y la tramitación telemática para la presentación de determinadas solicitudes, comunicaciones y otros documentos gestionados por el Servicio de Recursos Humanos del Departamento de Educación cuyo destinatario sea el personal adscrito al Departamento de Educación.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

La Ley Foral 11/2007, de 4 de abril, para la Implantación de la Administración Electrónica en la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, en su artículo 23.2, dispone que, mediante Decreto u Orden Foral, la Administración de la Comunidad Foral podrá establecer justificadamente la obligatoriedad de seguir determinados procedimientos administrativos electrónicos cuando los interesados se correspondan con personas jurídicas o colectivos de personas físicas que, por razón de su dedicación profesional o su capacidad económica o técnica u otras razones, tengan garantizado el acceso y la disponibilidad de los medios tecnológicos precisos.

El Departamento de Educación viene desarrollando diversas medidas para modernizar y permitir el acceso electrónico a sus sistemas de información. En el momento actual, el personal adscrito al Departamento tiene a su alcance una serie de medios tecnológicos que les permite relacionarse con la Administración de una manera más ágil y sencilla. Igualmente va a permitir una mejora en la eficacia y eficiencia de la gestión administrativa.

Por ello, resulta oportuno establecer la obligatoriedad de seguir el procedimiento administrativo electrónico y la tramitación telemática para algunas convocatorias y solicitudes gestionadas por el Servicio de Recursos Humanos del Departamento de Educación.

Asimismo, la presente Orden Foral establece un sistema de exención en la obligatoriedad de seguir el procedimiento administrativo electrónico siempre y cuando concurran circunstancias que dificulten o impidan la presentación telemática.

De conformidad con el artículo 41.1 e) de la Ley Foral 14/2004, de 3 de diciembre, del Gobierno de Navarra y de su Presidente,

ORDENO:

  1. Establecer la obligatoriedad de seguir el procedimiento administrativo electrónico y la tramitación telemática para la presentación de las siguientes solicitudes, comunicaciones y otros documentos gestionados por el Servicio de Recursos Humanos del Departamento de Educación cuyo destinatario...

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