ORDEN FORAL 59/1999, de 17 de agosto, del Consejero de Bienestar Social, Deporte y Juventud, por la que se crea la Comisión Técnica del Centro de Urgencias y Casa de Acogida para mujeres víctimas de malos tratos y/o agresión sexual.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

ORDEN FORAL 59/1999, de 17 de agosto, del Consejero de Bienestar Social, Deporte y Juventud, por la que se crea la Comisión Técnica del Centro de Urgencias y Casa de Acogida para mujeres víctimas de malos tratos y/o agresión sexual.

El Gobierno de Navarra, en base a criterios de operatividad, rentabilidad social y eficacia, considera imprescindible un cauce de participación estable entre el Instituto Navarro de Bienestar Social y el Instituto Navarro de la Mujer, dado que ambas instancias pretenden contribuir a la erradicación de la violencia de género, así como promover la igualdad de oportunidades para la mujer, mediante acciones coordinadas y complementarias.

En su virtud, en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Foral 23/1983, de 11 de abril, reguladora del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra,

ORDENO:

  1. Se crea la Comisión Técnica del Centro de Urgencias y Casa de Acogida para mujeres víctimas de malos tratos y/o agresión sexual.

  2. La Comisión estará compuesta por los siguientes miembros:

    La Presidencia, quien ostente la Dirección-Gerencia del Instituto Navarro de la Mujer.

    Como Vocales, quienes desempeñen:

    -La Dirección de Servicio de Atención Primaria y Programas Intersectoriales del Instituto Navarro de Bienestar Social.

    -La Jefatura de Sección de Estudios y Programas del Instituto Navarro de la Mujer.

    -La Jefatura de Negociado de la Unidad de Asistencia y Orientación Social en Justicia del Instituto Navarro de Bienestar Social.

    Como Secretario/a, quien ostente la Jefatura de Sección de Atención Primaria del Instituto Navarro de Bienestar Social.

    La Comisión podrá requerir la intervención y participación de otros/as profesionales, en calidad de asesores/as, con voz pero sin voto, cuando se aborden temas de interés que así lo requieran.

  3. Serán funciones de la Comisión:

    -Informar el Reglamento de Régimen Interno de los distintos servicios que prestan atención y tratamiento a las mujeres víctimas de agresión: Centro de Urgencias y Casas de Acogida.

    -Informar el Contrato de Admisión.

    -Realizar un seguimiento, de manera periódica, mediante reuniones (cuatrimestrales), al objeto de recabar información sobre el funcionamiento del Centro de Urgencias...

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