ORDEN FORAL 535/1998, de 28 de mayo, de la Consejera de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda, por la que se aprueba definitivamente el expediente de modificación del artículo 4.3.2. (actividades y usos constructivos en suelo no urbanizable) de las Normas Subsidiarias de Mendigorria, promovido por el Ayuntamiento de dicha localidad.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

ORDEN FORAL 535/1998, de 28 de mayo, de la Consejera de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda, por la que se aprueba definitivamente el expediente de modificación del artículo 4.3.2. (actividades y usos constructivos en suelo no urbanizable) de las Normas Subsidiarias de Mendigorria, promovido por el Ayuntamiento de dicha localidad.Boletín Oficial de Navarra Número 75 - Fecha 24/06/1998

El Ayuntamiento de Mendigorria ha presentado ante el Departamento de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda, para su aprobación definitiva, el expediente descrito en el encabezamiento.

Vista la documentación aportada, así como el informe favorable del Servicio de Ordenación del Territorio y Urbanismo, se considera procedente su aprobación definitiva.

En consecuencia, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 116 de la Ley Foral 10/1994, de 4 de julio, de Ordenación del Territorio y Urbanismo,

ORDENO:

  1. Aprobar definitivamente el expediente de modificación del artículo 4.3.2. (actividades y usos constructivos en suelo no urbanizable) de las Normas Subsidiarias de Mendigorria, promovido por el Ayuntamiento de dicha localidad.

  2. Señalar que contra esta Orden Foral se podrá interponer recurso ordinario ante el Gobierno de...

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